Cuestiona la CEDH confiabilidad de policías de Ciudad Valles por un caso de tortura

Ordena aclarar grado de participación de sus agentes y si cumplen con exámenes de control de confianza

Cuestiona la CEDH confiabilidad de policías de Ciudad Valles por un caso de tortura

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Foto: Archivo

La Comisión Estatal de Derechos Humanos acordó el 16 de abril de 2018 iniciar de oficio la investigación por posibles violaciones al derecho a la integridad y seguridad personal de dos víctimas atribuibles a presuntos elementos de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Ciudad Valles, lo anterior debido al contenido de una nota periodística publicada el 15 de abril de 2018, en la que se denunciaron actos de tortura perpetrados por policías encapuchados de Ciudad Valles contra un adolescente, a quien junto con otro joven les habrían propinado golpes en diversas partes del cuerpo, así como aplicarles toques eléctricos y los obligaron a tomar agua sucia.

La investigación de los hechos permitió establecer que debe investigarse la forma de contratación de los policías municipales, en razón de que no se logró determinar con certeza sí los involucrados pasaron por la academia y por los exámenes de control de confianza.

Por lo anterior, la Comisión Estatal de Derechos Humanos informó que emitió la Recomendación 11/2018 dirigida a la Presidenta Interina del Municipio de Ciudad Valles bajo los siguientes puntos recomendatorios:

"1.- Colabore en la integración de la Carpeta de Investigación que se remitió a la Fiscalía General de Justicia del Estado, brindando todas las facilidades al Agente del Ministerio Público Investigador y proporcionándole el acceso a toda la información documental y de cualquier otra índole que pueda considerarse evidencia, en la integración de la carpeta de investigación y que se encuentre en poder del Ayuntamiento de Ciudad Valles; con el propósito de que se integre en debida forma la Carpeta de Investigación.

"2. Gire instrucciones precisas al Titular del Órgano Interno de Control Competente que investigue y substancie de manera pronta, exhaustiva, diligente, acuciosa, puntual, ágil, completa, imparcial, objetiva, expedita, independiente, objetiva y técnica el Procedimiento Administrativo; lo anterior a efecto de que contribuya a lograr el esclarecimiento de los hechos y determine el grado de participación de todos los involucrados.

"3.- Gire instrucciones precisas al Titular del Órgano Interno de Control Competente que investigue y substancie de manera pronta un Procedimiento Administrativo de Investigación que permita revisar minuciosamente la forma de contratación de todos y cada uno de los elementos en activo de seguridad pública municipal de Ciudad Valles, debiendo verificar si los mismos reúnen los requisitos legales que establece Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí y que han sido evaluados a través de los mecanismos de control y confianza vigentes y envíe a la CEDH las constancias documentales que acrediten el cumplimiento de este punto.

"4.- Gire instrucciones a la Dirección y/o Coordinación Municipal que corresponda, para que se realicen acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño en beneficio de las víctimas directa e indirectas señaladas en la Recomendación 11/2018; debiendo colaborar ampliamente además con este Organismo Constitucional Autónomo, en el seguimiento e inscripción de la víctima directa y víctimas indirectas, en el Registro Estatal de Víctimas.

"5.- Instruya a quien corresponda para que realice un programa de capacitación, dirigido a mandos superiores, mandos medios y a la totalidad de elementos de Seguridad Pública Municipal y Tránsito de Ciudad Valles, incluyendo personal médico y Jueces calificadores; relacionado con los temas de: “Observancia del debido proceso en materia penal” y “Erradicación de tratos crueles, inhumanos, degradantes y tortura, ésta última conducta considerada una violación grave a derechos humanos.”