Emite CNDH recomendación al INM por la muerte de niña guatemalteca
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CIUDAD DE MÉXICO, mayo 11 (EL UNIVERSAL).- Por la muerte de una niña guatemalteca en condición de movilidad, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al Instituto Nacional de Migración (INM) y al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Oaxaca, tras acreditar violaciones a los derechos humanos a la vida, al principio del interés superior de la niñez y a la seguridad jurídica en agravio de tres víctimas.
El fallecimiento de la persona menor de edad ocurrió luego de que fue puesta a disposición del INM junto con sus familiares, en un centro de asistencia social de Oaxaca por el DIF estatal.
La víctima aseguró que el 5 de marzo de 2021 se encontraba en entrevista con un cónsul de su país (testigo de los hechos), momento en que la menor, junto a otra de las víctimas, se dirigió a la cocina del albergue con la intención de consumir una fruta.
Minutos después se escuchó un fuerte ruido, por lo que, de inmediato, la madre de la niña fue a buscarla y encontró a su hija debajo de un refrigerador industrial que se había caído. En seguida, dos empleados del albergue privado levantaron el electrodoméstico y sacaron a la menor, quien presentaba lesiones en la cara. Sin embargo, cuando arribaron para médicos para asistir a la niña, ésta ya había fallecido.
La madre señaló que una semana antes del accidente les reportó a los asistentes del albergue que el refrigerador, de aproximadamente dos metros de altura, no estaba bien colocado, ya que se movía al abrirlo, a lo que éstos hicieron caso omiso.
El análisis lógico-jurídico de las evidencias permitió acreditar violaciones a los derechos humanos en agravio de la niña, a la seguridad jurídica en detrimento de la quejosa víctima y de la segunda víctima, así como al principio del interés superior de la niñez en agravio de las dos menores, atribuibles a personal del INM y al sistema DIF estatal.
Por tal motivo, la CNDH solicitó al INM y al DIF de Oaxaca la inscripción de las víctimas en el Registro Nacional en la materia para que se proceda a la inmediata reparación integral del daño causado, además de otorgarles atención psicológica y tanatológica.
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