Preventivamente culpable

“Ninguna Constitución en América tiene un listado de delitos
que merezcan Prisión Preventiva Oficiosa cómo la nuestra”.
Mara Gómez Pérez

La semana pasada me preguntaban cuál era mi postura respecto a ampliar el “catalogo” de delitos que merezcan prisión preventiva oficiosa. Les contestaba, que la veía muy bien desde el punto de vista de la constructora ganadora de la licitación para la edificación de nuevos penales federales o locales, y muy mal desde el punto de vista del “nuevo” sistema penal acusatorio adversarial, que acusa y que en esencia el principio de inocencia prevalecía o debía prevalecer para no transitar, a individuos inculpados sin condena almacenados en cuatro paredes y desgraciadamente los más jodidos.
¡Caray!, y eso que la prisión preventiva es la última opción en la lista de medidas cautelares en el Código Nacional de Procedimientos Penales, pero aparte, las medidas no son un medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad, por otro lado, no son tema de una mejora significativa de la seguridad pública per se, -digámosle al mundo el número de personas que tenemos en prisión preventiva y sabrán cómo esta de mal nuestro nuevo sistema de procedimientos penales-.
A ver, todos los delitos que tengan que ver con delincuencia organizada son de oficio, los sujetos deberían quedar detenidos, que al día de hoy haya deficiencia y no puedan comprobar las reglas de investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución a sujetos que formen parte de ella, es otra cosa. Mire estimado lector, al día de hoy todos los delitos en México son organizados, ahí le van:
-Terrorismo local e internacional, contra la salud desde la producción, tráfico, y otros actos en materia de narcóticos, falsificación, uso y alteración de moneda falsificada, operaciones con recurso de procedencia ilícita, derechos de autor, acopio y tráfico de armas de fuego, tráfico de órganos, narcomenudeo, (corrupción pornografía, turismo sexual, lenocinio, pederastia y tráfico de menores), asalto, robo de vehículos, trata de personas, secuestro, contrabando y delitos de hidrocarburo-.
Bueno, pero supongamos que no llenan de inhibir y combatir los delitos antes mencionados, ahí le van otros: homicidio doloso, genocidio, violación, traición a la patria, espionaje, sabotaje, el instigador de delitos contra la nación, así como al servidor público o funcionario de los tres niveles de gobierno.
Aumentar el listado de aquellos delitos que merezcan la medida cautelar de prisión preventiva no es ni por mucho, una Política Criminal de gran envergadura, si envergadura, ni es una respuesta positiva a los índices delictivos tan elevados que hoy presenta nuestro país, es un mito tan solo. ¿Delitos de corrupción?, ahí están desde hace años en las leyes, que no los aprovechen es otro asunto: Ejercicio ilícito del servicio público, abuso de autoridad, desaparición forzada de personas, coalición de servidores públicos, uso ilícito de atribuciones y facultades, concusión, intimidación, ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencia, cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito. ¿Delitos electorales? Empiecen por los partidos políticos.
TAPANCO: Hace 87 años en los Estados Unidos, el mafioso Alphonse Gabriel Capone, fue condenado a once años de prisión y a pagar $50.000 dólares de multa por fraude fiscal, fue encarcelado por evasión de impuestos a través de recibos que le relacionaban con el juego ilegal, no por mafioso. Acá, la portación de armas de fuego y exclusivas del ejército ha sido la mecánica de -investigación y detención- para encarcelar a sujetos, pero no por ser integrantes de una célula criminal. Otra cuestión, ¿Ya calcularían el costo económico de mantener gente en prisión preventiva? Alrededor de unos diez mil millones de pesos al año.
¡Feliz Navidad! y mejor inicio de año a mis cinco lectores, y que independientemente quien sea su Dios, los bendiga, nos hallaremos el año que entra.