Oficiales en proceso penal serán removidos hasta la sentencia, determina la Corte

Oficiales en proceso penal serán removidos hasta la sentencia, determina la Corte

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Foto: Archivo 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los oficiales que estén sujetos a proceso penal sólo podrán ser removidos de sus cargos hasta que se les dicte sentencia condenatoria.
El Pleno de la Corte determinó con mayoría de 6 votos que el requisito de permanencia en el cargo para los oficiales ministeriales consistente en "no estar sujeto a proceso penal", contenido en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, es violatorio de la presunción de inocencia.
Ello debido a que en aplicación de este requisito cuando un oficial está sujeto a proceso penal, la PGR inicia en su contra un procedimiento administrativo de separación del cargo.
En consecuencia, los ministros indicaron que este requisito debe ser entendido bajo una interpretación conforme en el sentido de que, si bien la presunción de inocencia penal no aplica en materia administrativa sancionadora, su observancia sí genera una especie de efecto reflejo que podría llevar a confundir la categoría de indiciado o imputado con la de sentenciado culpable.
Por ello, de acuerdo con la resolución de la Corte, los oficiales que fungen como ministeriales que auxilian al Ministerio Público de la PGR sólo podrán ser suspendidos temporalmente de sus cargos cuando se encuentren sujetos a un proceso penal y hasta que dicho proceso concluya con una sentencia condenatoria podrán ser dados de baja en definitiva.
De lo contrario, si la sentencia del proceso penal es absolutoria, los oficiales deberán ser restituidos en su cargo.