De una manera contundente y que deja sin defensa a los diputados, el Consejo de Transparencia desnudó la inclinación del Congreso a violar el derecho ciudadano de acceder a la información pública.
????
El reporte trimestral del órgano ciudadano, el primero que se conoce públicamente, muestra que no se trata de un accidente o un error: este Congreso viola sistemáticamente este derecho ciudadano.
????
Todas y cada una de las cláusulas relativas a la difusión obligatoria de datos públicos ha sido violada en el Congreso.
Especial relevancia en estas omisiones cobra la Junta de Coordinación Política, el órgano directivo del Congreso, desde dónde sale buena parte de las políticas de opacidad a las que recurre el Congreso.
El reporte de la Comisión lo hace notar y cumple con ello el papel de señalar las anomalías. También exhorta a los diputados a corregirlo.
????
Pero lo más probable es que los diputados ignoren ese llamado. Aquí es donde entra la Comisión de Garantía y Acceso a la Información Pública.
????
Ojalá que sus consejeros salgan de su actitud contemplativa y cumplan activamente su responsabilidad de sancionar las violaciones del Congreso a este derecho.
No hacerlo los convertiría en cómplices.
La agencia Pro San Luis fue la dependencia del gabinete estatal que estrenó la guillotina administrativa de la nueva administración.
A unos días de iniciado el nuevo gobierno, el 18 de octubre de 2021, se publicó el decreto de extinción del organismo encargado de la promoción económica del estado.
????
En el documento se estableció un plazo de 90 días para liquidar al organismo en sus asuntos administrativos y laborales. A la labor fue asignada Marcela Gilda Díaz Fierro, exfuncionaria de la Contraloría General de Gobierno en la pasada administración.
????
Sin embargo, el pasado viernes, la Secretaría de Desarrollo Económico publicó en el Periódico Oficial del Estado un nuevo decreto administrativo en el que se reconoce que el objetivo no se cumplió y que se relevó a la encargada de la tarea, que incluía la liquidación, entrega de mobiliario, estados financieros, así como levantar el acta de entrega recepción.
Sin explicación alguna, la Sedeco establece que una vez cumplido el plazo “es de observarse que dicha obligación no se cumplió en los términos indicados en el decreto de extinción”.
????
Ante ello, el decreto modifica el artículo 4 transitorio, el que determinó el nombramiento de la liquidadora original, para establecer que ahora, la tarea le corresponde a “la persona titular de la Dirección Administrativa de la Secretaría de Desarrollo Económico del Poder Ejecutivo del Estado”.
????
De acuerdo a la última versión del directorio de la Sedeco, Javier Amoros Melendez Gonzalez, es su director administrativo. También procede de la CGE.
????
El decreto no establece plazos, pero por lo pronto, la Agencia Pro San Luis es un cadáver insepulto.
????
¡HASTA MAÑANA!