CIUDAD DE MÉXICO, mayo 26 (EL UNIVERSAL).- La cuenta regresiva para las elecciones presidenciales del 2 de junio en México se encuentra a la vuelta de la esquina.
Aunque el día de votación cae en domingo, ha surgido la duda entre algunas personas sobre si se trabajará o no; por lo que aquí te lo decimos.
¿Qué días de asueto habrá por elecciones presidenciales 2024?
El próximo domingo 2 de junio se perfila como un día de suma importancia para México, ya que se llevarán a cabo las elecciones presidenciales, así como la renovación de 128 cargos a senadores y senadoras y 500 diputaciones.
En vista de la trascendencia de estos comicios, las autoridades federales han designado este día como un descanso obligatorio o feriado, con el propósito de garantizar que todos los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto de manera libre y sin contratiempos.
Desde las 8:00 hasta las 18:00 horas, se espera la afluencia masiva de votantes en las distintas casillas electorales distribuidas a lo largo y ancho del país.
Según lo estipulado en la fracción IX del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 2 de junio se considera como un día de asueto oficial exclusivamente para este año, en cumplimiento de las disposiciones establecidas por las leyes federales y locales electorales.
Es importante destacar que, a partir de los próximos años, esta fecha no será considerada como un día feriado, lo que resalta aún más la singularidad de este evento electoral y la relevancia de ejercer el derecho al voto en esta jornada histórica para la nación mexicana.
Asimismo, se ha establecido como día inhábil la fecha de transición del Poder Ejecutivo Federal cada seis años. Anteriormente, esta transición solía tener lugar el 1 de diciembre de cada sexenio. Sin embargo, en virtud de una reforma constitucional aprobada en 2014, la toma de protesta presidencial fue adelantada al 1 de octubre con el objetivo de reducir el periodo de transición entre gobiernos.
¿Qué pasa si trabajo el 2 de junio?
Es válido reconocer que, a pesar de la importancia del 2 de junio como día de elecciones presidenciales en México, habrá individuos que se verán en la necesidad de trabajar. Sin embargo, de acuerdo con las leyes laborales vigentes en el país, los empleadores tienen la obligación de garantizar que todos los trabajadores dispongan del tiempo necesario para ejercer su derecho al voto, incluso si esto implica ajustes en los horarios laborales.
El artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo establece claramente que los trabajadores que desempeñen sus labores en domingo tienen derecho a recibir una prima dominical. Esta prima, que representa al menos un 25 por ciento más que el salario ordinario, es una compensación justa por el hecho de trabajar en un día que generalmente se considera de descanso para la mayoría de las personas.
Por otro lado, el artículo 74 de la misma ley dispone que en los días designados como descanso obligatorio, como es el caso del 2 de junio, los empleadores están obligados a pagar a sus empleados el doble de su salario habitual por ese día. Esta medida busca reconocer la importancia de los días de descanso obligatorio y compensar adecuadamente a los trabajadores por su labor en tales circunstancias.
Adicionalmente, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que, si el día de descanso obligatorio coincide con un domingo, los empleados tienen derecho a recibir el triple de su salario habitual. Esta disposición busca garantizar que los trabajadores sean compensados de manera justa por trabajar en un día que, en condiciones normales, sería de descanso para la mayoría de las personas.
En consecuencia, aquellos que se vean obligados a trabajar el 2 de junio, día de las elecciones presidenciales en México, tendrán derecho a recibir una compensación económica significativa. Esto incluye el triple del salario habitual por ese día, además del 25 por ciento de la prima dominical correspondiente. Estas disposiciones legales están diseñadas no solo para garantizar una compensación justa para los trabajadores, sino también para asegurar que todos tengan la oportunidad de ejercer su derecho al voto sin verse afectados por sus obligaciones laborales.