En este caso, no se acreditó la existencia de una orden de aprehensión sin que haya prescrito la acción penal; y dos, que el candidato denunciado se encuentra sustraído de la acción de la justicia, a fin de evitar ser sujeto a proceso penal.
El proyecto fue aprobado por una mayoría de cuatro votos a favor, uno en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.