Quito, Ecu.- La Corte Constitucional de Ecuador resolvió este miércoles la despenalización del aborto por violación, un histórico dictamen que se produce en respuesta a una demanda de inconstitucionalidad planteada por agrupaciones de mujeres el año pasado.
Por siete votos a favor y dos en contra, la Corte resolvió considerar inconstitucionales dos artículos referentes al aborto.
Según éstos, solo era permitido si la vida de la mujer está en peligro o el embarazo fue producto de una violación a una mujer con discapacidad mental.
La Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador acogió con satisfacción el fallo, que consideró “un avance necesario, aunque incompleto” y avanzó que seguirá luchando para la completa despenalización de la interrupción del embarazo.
El alto tribunal declaró inconstitucionales los artículos 149 y 150 del COIP, el primero de los cuales estipulaba penas privativas de libertad de entre seis meses a dos años para una gestante que abortase.
“La despenalización del aborto por violación es un avance necesario, aunque incompleto, las mujeres ecuatorianas seguiremos luchando para ejercer el derecho a ser libres de disfrutar, defender, proteger nuestro cuerpo y salud integral”, reza un comunicado emitido luego por la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador.