Tribunal Europeo examina la transfusión sanguínea sin consentimiento a una testigo de Jehová

PARÍS, Francia (EFE).- La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) examinará la demanda contra España de una testigo de Jehová que recibió una transfusión de sangre durante una operación médica en Madrid, en contra de su voluntad.

La sala del TEDH (con siete jueces) que tenía que pronunciarse sobre este asunto ha decidido que sea la Gran Sala (que está formada por 17 jueces) la que resuelva este caso, una transferencia que suele deberse a la falta de jurisprudencia o cuando se considera que el asunto merece un examen más en profundidad porque por ejemplo existe riesgo de contradicción.

La demandante es Rosa Edelmira Pindo Mulla, una ciudadana ecuatoriana que el 6 junio de 2018 fue ingresada en el Hospital de Soria, ciudad española en la que residía.

Debido a sus creencias religiosas, Pindo Mulla había aportado previamente tres documentos en los que motivaba su negativa a recibir transfusiones de sangre de ningún tipo, incluso si su vida peligraba, y permitía cualquier otro tratamiento.

Al día siguiente, Pindo Mulla sufrió una hemorragia que obligó a los médicos a trasladarle a un hospital en Madrid, donde los sanitarios fueron informados de que la paciente era testigo de Jehová.

Como su vida corría peligro, los anestesistas contactaron con el juez de guardia para consultar cómo proceder.

El juez no fue informado de la identidad de la paciente, ni de sus deseos ni del estado de su salud de forma precisa, por lo que autorizó cualquier procedimiento médico necesario para salvarle la vida.

Los sanitarios realizaron la operación necesaria para salvar a la paciente, sin informarle de la decisión del magistrado aunque ella estaba consciente antes de entrar al quirófano, y recurrieron a transfusiones de sangre. 

Una vez consciente, Pindo Mulla recurrió la decisión del juez madrileño, y llegó hasta el Tribunal Constitucional, que no le dio la razón.

Por ello, la ecuatoriana acudió en marzo de 2020 al TEDH, donde alegó una violación a su derecho al respeto de su privacidad y de su libertad religiosa, pues las autoridades españolas ignoraron su voluntad de rechazar un tratamiento médico concreto.

La Gran Sala deberá determinar si se violaron sus derechos y si se le podría haber dado un tratamiento alternativo para respetar sus convicciones religiosas.