Recomendación de la CNDH por contaminación en Puebla

Contaminación de la Presa Necaxa y derechos humanos en Puebla

Por un deficiente servicio de alcantarillado, saneamiento y drenaje que derivó en la contaminación de la Presa Necaxa en los municipios de Huauchinango y Juan Galindo en Puebla, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 126/2024 a la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Para que se reparen los daños ocasionados, la CNDH también giró la petición a los Ayuntamientos de Huauchinango y Juan Galindo de Puebla pues, pese a las denuncias hechas sobre el caso, las autoridades de los tres órdenes de gobierno no han realizado acciones contundentes para disminuir el impacto ambiental por la contaminación de este cuerpo hídrico.

Tras investigar y acreditar los hechos, la CNDH recomendó celebrar un Convenio Marco de Coordinación Interinstitucional y Cooperación Técnica para la Protección Ambiental, Restauración y Reparación de la Presa Necaxa, entre la Conagua y los Ayuntamientos mencionados, involucrando a diversos sectores que consiste en implementar Programas Integrales de Saneamiento para la Presa Necaxa y el Río Mixteco; realizar convenios con el Gobierno del estado de Puebla para facilitar el acceso a los recursos en programas en materias de alcantarillado, saneamiento y cultura del agua; inventariar los puntos de descarga residuales e identificar los que cuentan con Título de Concesión vigente y los clandestinos para que, en su caso, inicien los trámites administrativos correspondientes.

También, impartir un curso especializado en derechos humanos al personal que trabaja en la zona, específicamente sobre los derechos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua.

Por otra parte, los ayuntamientos de Huauchinango y Juan Galindo deberán mejorar los servicios públicos de drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de las aguas residuales, gestionando convenios con otros actores y apoyo económico de Conagua y Banobras para la ejecución de los estudios y proyectos de construcción, rehabilitación o incremento de la capacidad operativa de los servicios mencionados; gestionar la autorización de Semarnat para la evaluación del impacto ambiental de los puntos de tratamiento de aguas residuales y denunciar los actos u omisiones de las personas servidoras públicas responsables de generar un daño ambiental.

Si un municipio no puede proporcionar los servicios, deberá notificarlo al Gobierno de Puebla para que suscriban convenios para la asunción temporal de estos servicios.

La CNDH pidió a la Conagua realizar estudios técnicos para determinar la calidad del agua de la Presa Necaxa y de las corrientes de agua que descargan en ella, incluyendo el Río Texcapa, además de diseñar un programa periódico de monitoreo de la calidad del agua. Lo anterior con el propósito de que las autoridades garanticen el derecho a un medioambiente sano y el derecho al agua suficiente y de calidad para la población de la zona, y se garantice la no repetición de las violaciones a derechos humanos acreditadas en la presente recomendación.