Ratifica SCJN que debatirá si se puede frenar reforma judicial

La SCJN revisa la viabilidad de la reforma judicial y la elección de magistrados.

CIUDAD DE MÉXICO, octubre 8 (EL UNIVERSAL).- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la viabilidad de revisar o, en su caso revertir, matizar o detener la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), que contempla la elección popular de magistrados y jueces, publicada el 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación y que entró en vigor el pasado 16 de septiembre.

El jueves pasado, el Máximo Tribunal del país decidió atraer la consulta presentada por jueces y magistrados para que los ministros analicen la constitucionalidad de la reforma judicial.

En la sesión de ayer se analizaron las propuestas de las consultas turnadas a las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama. Con seis votos a favor contra cinco, la SCJN resolvió desechar los proyectos de la ministra Batres, quien planteó desechar las consultas por los integrantes de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed).

La mayoría concluyó que las tres consultas presentadas por Batres Guadarrama carecen de materia, porque fueron propuestas por jueces y magistrados que solicitan detener el proceso legislativo de la reforma el 3 de septiembre que culminó con su publicación el 15 de septiembre.

El ministro Luis María Aguilar Morales se pronunció en contra del proyecto y de su metodología.

Recordó que como lo manifestó en los asuntos previos en la consulta 4/2024, aprobada por mayoría de votos la semana pasada, la controversia del artículo 11 es un medio de control constitucional que puede ser accionado para proteger la independencia y autonomía del Poder Judicial de la Federación.

"Lo mismo sucede respecto de la posibilidad de dictar medidas cautelares en este procedimiento, contrario a lo sostenido en el proyecto, el hecho de que la legislación orgánica del Poder Judicial de la Federación no regule expresamente la posibilidad de conceder la suspensión de los actos o normas en este tipo de procedimientos, no puede entenderse que no esté permitido", expresó.

Esquivel Mossa pidió una precisión en función de que no se puede impedir o suspender el proceso que se encuentra ya en trámite de elección de magistrados y jueces, esto, luego de la entrevista que dio el ministro Javier Laynez Potisek a Ciro Gómez Leyva, en la que dijo que podría suspenderse la elección.

La ministra agregó que en caso de que esta consulta a trámite considere que se está violentando algún derecho humano de orden convencional o vaya más allá y en caso de estudiar el fondo de los solicitantes para darle certeza y que los mexicanos sepan hasta dónde la Suprema Corte puede llegar, se establezca y se anticipe que únicamente, en caso de llegar a determinar la inconstitucionalidad, no se puede suspender el proceso que se encuentra ya en marcha.

"Esta Suprema Corte es el árbitro de las contiendas que corresponde resolver, tenemos el deber de velar, no sólo por una mejor solución técnica y jurídica, sino también por pacificar los conflictos en lugar de enervar la confrontación pública como la que hoy tenemos por un mal entendimiento de nuestras decisiones.

"Y todavía... es oportuno aclarar que no se puede suspender este proceso electoral en el caso, ya que se está dando de admitir esta consulta a trámite. Esto es lo que quiero precisar en función de estas dos expresiones que escuché", refirió.

La ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, respondió que el ministro Laynez sólo expresó su opinión.

Con ocho votos en contra y tres a favor, el pleno de Corte rechazó tres proyectos de la ministra Esquivel Mossa que intentaban frenar la consulta de jueces y magistrados contra la reforma judicial.

Batres Guadarrana insistió que la Corte no tiene competencia para analizar y menos para generar una resolución de fondo, de ser el caso y admitir la solicitud que se analiza, lo que implicaría violar flagrantemente la Constitución.

"La fracción XVII del artículo 11 de la ley orgánica únicamente establece una facultad administrativa del pleno para resolver controversias suscitadas entre los órganos el Poder Judicial de la Federación respecto de temas competenciales, pero, de ninguna manera, tiene el alcance para someter las reformas de la Constitución a una especie de escrutinio constitucional", argumentó.

Fuentes judiciales confirmaron que la SCJN asignó al ministro Alberto Pérez Dayán la controversia para determinar si puede revisar la reforma judicial y, de ser el caso, matizarla o anularla.

El gobierno de Guanajuato presentó una controversia constitucional en la SCJN contra el Congreso de la Unión y las legislaturas locales que aprobaron la reforma al Poder Judicial y el recurso fue registrado el pasado 27 de septiembre de 2024, cuando Diego Sinhue Rodríguez aún era mandatario. El expediente fue turnado al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.