Nueva Regulación de Salud: Prohibición de Sustancias Modelantes Estéticos

Impacto de la reforma en el uso de sustancias nocivas

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma a la Ley General de Salud, que prohíbe uso de sustancias nocivas con fines estéticos.

La reforma fue avalada por unanimidad de 436 votos a favor por parte de todos los grupos parlamentarios.

Establece que queda prohibida la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud.

Para ello, define las sustancias modelantes con fines estéticos como aquellas que tengan como finalidad adelgazar, engrosar, aumentar el volumen, modificar, cambiar, corregir, variar el contorno, la forma o las proporciones de labios, mejillas, mentón, senos, glúteos, brazos, piernas u otras zonas o regiones del rostro y del cuerpo humano.

Queda prohibido el uso de silicona líquida, aceites minerales, aceites comestibles, aceites de automóvil, grasas vegetales o animales, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos, "o cualquier otra sustancia no apta para uso humano mediante aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos nocivas o toxicas que dañen, afecten, lesionen o pongan en peligro tejidos, órganos, extremidades o sistemas del cuerpo de la persona de forma temporal o permanente".

También establece que para la aplicación de sustancias modelantes con fines estéticos se requiere autorización sanitaria y que sean aplicadas por profesionales en el campo de la medicina, e impone de cinco a ocho años de prisión a quien realice aplicaciones, inyecciones o infiltraciones hipodérmicas de sustancias modelantes con fines estéticos prohibidas.