PAN propone revertir superpoderes en presidencia del INE

El PAN destaca que la autonomía del INE requiere distribución de atribuciones y controles colegiados para evitar arbitrariedades.

El grupo parlamentario del partido Acción Nacional (PAN) en el Senado presentó una iniciativa de reforma al artículo 45 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de facultades de la presidencia del INE a fin de revertir el poder unipersonal que se le dio a la gestión de Guadalupe Taddei para nombrar y remover a funcionarios del instituto.

En la exposición de motivos, la propuesta destaca que la autonomía de una autoridad electoral no descansa exclusivamente en su separación formal de los poderes públicos. "Requiere, además, un diseño institucional que distribuya las atribuciones relevantes, favorezca la deliberación entre sus integrantes y evite que las decisiones de mayor trascendencia dependan de la voluntad de una sola persona".

Subraya que en el INE, la colegialidad constituye una garantía de independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, no una formalidad prescindible.

Explica que el artículo 41, base V, apartado A, de la Constitución dispone que el INE es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y la ciudadanía, en los términos que ordene la ley, reconoce expresamente al Consejo General como su órgano superior de dirección y distingue, dentro de la estructura del Instituto, órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. "Esa diferenciación no es meramente nominal: procura que las decisiones institucionales de conducción se adopten bajo controles colegiados, sin desconocer las funciones de coordinación y propuesta propias de la presidencia".

Los senadores del PAN señalan que un modelo de controles y contrapesos debe funcionar con independencia de las cualidades personales de quien presida el Instituto.

"Las reglas institucionales se diseñan para impedir riesgos de arbitrariedad, no para descansar en la confianza que merezca una persona determinada.
"Por estas razones se propone devolver al artículo 45, numeral 1, inciso e), su redacción previa a octubre de 2024; restablecer en el inciso p) la atribución residual originalmente prevista; y derogar el inciso q), que se incorporó al recorrerse la numeración.
"El objetivo es recuperar una distribución de competencias que conjuga la iniciativa de la presidencia con la deliberación y determinación colegiada del órgano superior de dirección, preservando la continuidad de las funciones sustantivas del INE", sostiene.