"Carecerán de efectos legales las cláusulas que establezcan un salario inferior al de otra persona trabajadora de la misma empresa o establecimiento por ocupar el mismo cargo o realizar un trabajo de igual valor, en condiciones equivalentes de puesto, jornada y eficiencia. Estas disposiciones tampoco podrán impedir el ejercicio de los derechos laborales", señala el dictamen.
La Comisión destacó en el documento aprobado que cuando las organizaciones hacen públicos los rangos salariales, los criterios de contratación, las políticas de ascenso y los mecanismos de evaluación, se reducen los espacios para decisiones arbitrarias o discriminatorias.
De esta manera, la transparencia salarial permite que las y los trabajadores conozcan si reciben una remuneración acorde con sus funciones y capacidades, al tiempo que fortalece la posibilidad de exigir condiciones laborales justas.
Los senadores también argumentaron que, con frecuencia, la información relativa a los salarios permanece limitada o inaccesible, no sólo para quienes buscan empleo, sino incluso para empleados dentro de los centros laborales.
Advirtieron que la ausencia de referencias claras sobre el sueldo ofertado coloca a las y los candidatos en una posición de desventaja durante la negociación, pues múltiples estudios a nivel internacional han documentado que las mujeres enfrentan obstáculos adicionales al negociar su salario y con frecuencia reciben ofertas iniciales más bajas en comparación con hombres con perfiles similares.