Avalan sancionar con prisión venta de medicamentos adulterados

Reforma en Ley de Salud para penalizar medicamentos adulterados

CIUDAD DE MÉXICO, mayo 7 (EL UNIVERSAL).- La Comisión de Salud, que preside el diputado Emmanuel Reyes Carmona (Morena), aprobó cuatro dictámenes que reforman diversos artículos de la Ley General de Salud, sobre medicamentos, donación de leche materna, enfermedades raras y servicios médicos privados.

Con 27 votos a favor, uno en contra y una abstención, la Comisión avaló reformar el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, a fin de incrementar las sanciones establecidas en este artículo e incluir a los medicamentos caducos y a las plataformas de comercio electrónico y las redes sociales.

Con la modificación se estipula que a quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, "caducos o cuya vida útil haya concluido" ya sea en establecimientos, "así como en Internet a través de plataformas de comercio electrónico y redes sociales", o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contenga números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de "tres a 15 años de prisión" y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo.

La misma pena se propone a quien venda, ofrezca en venta o comercie muestras médicas ya sea en establecimientos, vía Internet o en cualquier otro lugar.

El dictamen también aumenta la pena de prisión, que actualmente es de tres a 15 años, para aplicar de cinco a 20 años de cárcel a quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala la ley.

Asimismo, incrementa la sanción a quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, etiquetado, sus leyendas, la información que contenga o sus números o claves de identificación; pasa de uno a nueve años de prisión a una pena de tres a 15 años.

Aprueban reforma en materia de donación leche materna

Otro dictamen es a la minuta que adiciona una fracción II Ter al artículo 64 de la Ley General de Salud, para establecer que la Secretaría de Salud impulsará acciones permanentes de difusión, educación y promoción de donación de leche materna y de los servicios de bancos de leche materna entre la población.

El documento, aprobado por unanimidad de 29 votos, menciona que pese a los esfuerzos realizados en materia legislativa las tasas de lactancia materna siguen bajas debido a las diferentes barreras existentes que dificultan llevar a cabo esta práctica de manera exclusiva hasta los seis meses y continuada, al menos, hasta los 24 meses de edad, lo cual no solo afecta la salud y el desarrollo de la niñez, sino también la imposibilidad de que el país cumpla con las metas sobre lactancia trazadas para 2025 en la Asamblea Mundial de la Salud.

La diputada Mariana Nassar Piñeyro (PRI) se congratuló por la aprobación del dictamen por considerar que resulta alarmante el dato de que sólo el 34 por ciento de menores de cero a cinco meses reciben lactancia materna. "Todo lo que tenga que ver con estas iniciativas y políticas públicas es de sumar y ojalá que éstas puedan aumentar". Calificó de atinado haber incorporado como acciones permanentes lo relativo a la lactancia.

Tras la reunión semipresencial, los dictámenes avalados se remitieron a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.