Informó que contactó a través del Buzón Tributario a aquellos que resultaron con una tasa efectiva por debajo de la establecida por la autoridad, con el fin de que corrijan de manera voluntaria su situación.
Según un comunicado del órgano recaudador, las tasas efectivas publicadas corresponden a empresas, corporativos y multinacionales dedicadas al comercio al por mayor.
También de la industria de la construcción, minería, manufactureras y de servicios profesionales, financieros y seguros, inmobiliarias y de alquiler de bienes intangibles.
De igual manera las de transporte, correos y almacenamiento, servicios científicos y técnicos, servicios de alojamiento temporal y preparación de bebidas.
Primero deberán comparar la tasa efectiva del SAT de acuerdo con su actividad para ver si es la que pagaron en esos años.
Eso les permitirá medir el riesgo impositivo, y en su caso ponerse al corriente y de ser así, presentar una declaración anual del ISR complementaria.
Además, evitarán la posibilidad del inicio de revisiones orientadas a corroborar el correcto cumplimiento, enfatizó el brazo fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.