Senado avala, sin cambios, la Miscelánea

Incluye la obligación de inscripción de jóvenes al RFC y se quita el IVA a productos de higiene femenina

Ciudad de México.- El Senado aprobó la Miscelánea Fiscal del presupuesto federal de 2022 que suprime el IVA a los productos de higiene femenina, establece un registro fiscal obligatorio para mayores de 18 años y limita la deducción de impuestos en donativos a organizaciones sociales.

Luego de una discusión de casi siete horas y la presentación de 163 reservas, con 67 votos a favor, 47 en contra y una abstención quedó aprobada la Miscelánea Fiscal, el Senado mexicano la remitió al Ejecutivo Federal, que establece un Régimen Simplificado de Confianza para cumplir con las obligaciones fiscales.

La noche de este martes se alistaba la aprobación de la Ley Federal de Derechos que contempla aumento en los costos de pasaportes e ingreso a zonas arqueológicas y museos.

La Ley de Ingresos 2022 establece una captación de 7 billones 88 mil 250.3 millones de pesos y un crecimiento de 4.1% en el Producto Interno Bruto (PIB).

En la Ley Federal de Derechos aumenta el costo de los pasaportes en promedio 24% con respecto a 2021, así como incrementos diferenciados en museos y zonas arqueológicas.

La medida reforma el Impuesto sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), el Impuesto sobre Automóviles Nuevos y el Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.

Con la aprobación de esta iniciativa, se elimina el IVA en toallas sanitarias, tampones y copas menstruales, así como en los alimentos para animales y los productos agrícolas, que ahora tienen una tasa del 16 %.

También se obliga a todos los mayores de 18 años, con independencia de que tengan o no tengan actividad económica, a empadronarse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), usado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para controlar el pago de impuestos.

El otro punto polémico de la Miscelánea Fiscal para 2022 es que limita la deducción de impuestos de personas físicas por donativos a organizaciones civiles.

Establece que los donadores sólo podrán deducir por este concepto el equivalente al 15 % de sus ingresos anuales.