Ciudad de México.- Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) establecido en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) impulsada por la presente administración.
Durante la sesión del pleno de la Corte y por distintas razones, nueve ministros coincidieron en que la creación del Panaut es inconstitucional y puede resultar hasta violatoria de los derechos humanos a la protección de datos e información de los ciudadanos.
Esto, debido a que con la creación del Panaut los usuarios de telefonía móvil estaban obligados a otorgar datos biométricos a las autoridades para que éstas las compartan con instituciones de seguridad pública sin previa autorización judicial.
Los integrantes del pleno señalaron que el Panaut no era proporcional al restringir el derecho a la privacidad y protección de datos en general, además de que existen medidas alternativas igualmente idóneas para garantizar la seguridad pública.
En su intervención, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, señaló que no hay seguridad respecto al manejo de los datos del Panaut, por lo que no se justifica que el Estado tenga en su poder tanta información privada de los ciudadanos mexicanos.