TEPJF ratifica pérdida de afiliados a Morena en México

Sala Superior del TEPJF confirma que Morena perdió más de 93 mil afiliados duplicados con otras organizaciones.

CIUDAD DE MÉXICO, junio 17 (EL UNIVERSAL).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio la razón a Morena y obligará al Instituto Nacional Electoral (INE) a revisar de nuevo casi 19 mil afiliaciones que se duplican entre el partido guinda y las organizaciones que buscan constituirse como partido político nacional.

Sala Superior del TEPJF resuelve casos de doble afiliación

Este miércoles, dicha Sala Superior resolvió dos asuntos sobre doble afiliación de personas; uno a cargo de la ponencia del magistrado Gilberto Bátiz y el otro a cargo del magistrado Reyes Rodríguez.

En el primero, el SUP-RAP-132/2026 a cargo de la ponencia de Bátiz, la mayoría de los magistrados electorales decidieron darle una nueva oportunidad a Movimiento de Regeneración Nacional de ratificar sus afiliados, contradiciendo criterios anteriores de sus resoluciones.

Detalles confirmados sobre afiliaciones duplicadas y pérdida definitiva

En cambio, en el SUP-RAP-113/2026 a cargo de Rodríguez, Morena perdió de manera definitiva más de 93 mil afiliaciones que se repetían con las organizaciones que buscan ser un nuevo partido político.

El asunto que resolvió el actual presidente de la Sala Superior, Gilberto Bátiz, propuso ordenarle al INE retomar mil 913 documentos que Movimiento de Regeneración Nacional le entregó físicamente y con firma autógrafa y otros 17 mil que entregó digitalmente en una USB, violentando lo que el instructivo interno del Instituto Nacional Electoral acerca de afiliaciones determina: que deben ser cédulas originales de afiliación.

El proyecto fue aprobado por la mayoría de los integrantes de la Sala Superior, solamente el magistrado Reyes Rodríguez votó en contra, argumentando que el proyecto beneficia a Morena contradiciendo inclusive sentencias anteriores de la misma Sala Superior sobre el mismo tema.

Como ejemplo, Rodríguez retomó el asunto de la organización Personas Sumando Personas, que se inconformó de la decisión del INE de no permitirle ratificar afiliaciones fuera de tiempo, porque contravenía el instructivo interno sobre afiliación y constitución de nuevos partidos políticos.

"Esta Sala resolvió que lo que realmente buscaba (la organización) era modificar los alcances del instructivo aprobado por el INE desde diciembre de 2024, para lo cual, evidentemente ya había transcurrido el plazo para impugnar.

"Esta Sala dijo que controvertir lo regulado en el instructivo en cualquier momento o etapa procesal va en perjuicio de los principios de certeza, seguridad jurídica y definitividad", señaló el magistrado Rodríguez.

Pero en el proyecto discutido este miércoles se propone precisamente no hacer caso del instructivo interno del INE y permitir que, a pesar de que no sean cédulas originales, se le tomen en cuenta al partido para defender dichas afiliaciones.

Otro criterio que el Tribunal contradijo sobre sí mismo con esta resolución es el del 22 de abril pasado, donde en el SUP-RAP-106/2026, proyecto elaborado por el magistrado Felipe Fuentes, resolvió que el Consejo General del INE tuvo razón en determinar que debe ser la cédula original la que acredite una afiliación y no archivos digitales.

"Es pertinente preguntarnos ¿por qué a la organización Personas Sumando en 2025 no se le permitió en el JDS-116 un mecanismo de ratificación de afiliaciones y por qué al partido político Morena sí se le está permitiendo en este RAP-132? No encuentro ninguna justificación para este trato diferenciado entre organizaciones ciudadanas y partidos políticos", cuestionó Reyes Rodríguez.

La Sala Superior también resolvió el expediente SUP-RAP-113/2026, a cargo de Reyes Rodríguez, que avaló la decisión del INE de retirarle a Morena 93 mil 742 afiliaciones que se duplican con 12 organizaciones que buscaban convertirse en partido político, dado que no presentó ni en tiempo ni con cédulas originales la afiliación.

En el caso de estas afiliaciones, el INE revisó los archivos y encontró que 18 mil 814 estaban dañados de modo permanente, 6 imágenes de afiliaciones no correspondían a las solicitadas, 57 mil 175 imágenes de afiliaciones eran de fecha anterior a las afiliaciones en asambleas de las organizaciones y 17 mil 721 imágenes de afiliaciones de fecha posterior a las realizadas en asambleas.

"Es decir, había archivos que ni siquiera se podían abrir, además es claro que las afiliaciones anteriores a las asambleas de las organizaciones deben otorgarse a las mismas organizaciones ciudadanas. Por su parte, las afiliaciones posteriores son solo 17 mil 721 de las 93 mil y son estas las que debieron ir acompañadas de los documentos originales y no fue así", justificó el magistrado Reyes Rodríguez.

El proyecto se aprobó por unanimidad.