Ciudad de México.- Al resolver un recurso de queja, un Tribunal Colegiado ordenó suspender la publicación de la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) hasta que un juez de Distrito resuelva si concede la suspensión definitiva a una asociación civil que impugnó el dictamen aprobado por las cámaras de Diputados y Senadores.
Por unanimidad de votos, los magistrados declararon fundada la queja de la Fundación Iris en promoción y defensa de los derechos humanos contra los efectos de la suspensión provisional que un juez les otorgó.
Los magistrados consideraron procedente modificar la resolución del juez y otorgarle a la asociación la medida cautelar, puesto que la publicación y entrada en vigor de la reforma ocasionaría daños y perjuicios de imposible reparación.
“En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe [ver artículo 135 constitucional] por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el DOF”.
Los magistrados señalaron que la pretensión de la reforma al Poder Judicial del presidente López Obrador es clara en cuanto a que tiene como fin o efecto “desaparecer el Poder Judicial de la Federación como fue establecido por el Poder Constituyente en la Carta Fundamental”.