Ahora que estamos inmersos de lleno en el proceso electoral para la deseable partida de la perniciosa transformación que López ha impulsado para desmantelar al Estado de Derecho en México, hay que tomar en cuenta ciertos aspectos de riesgo que se presentan tanto en las elecciones federales como en las locales, ya que también en este ámbito habrá acción y drama.
Sin duda uno de estos grandes temas de reflexión es lo que se refiere al entono delincuencial que se desarrolla y enseñorea del ambiente electivo.
Hay una gran realidad, incontrovertible por más que se quiera negar: el voto tiene precio y se paga.
Una de las formas de hacerlo son los programas sociales de gobierno en los que se busca generar una percepción de obligación de gratitud a quien da pensiones, becas, despensas, garrafones de agua y un gran catálogo de obsequios y regalos que, con las siglas de las áreas gubernamentales de desarrollo y asistencia social, se reparten a cambio de promesas de sufragio favorable.
Por supuesto que también hay dinero en efectivo que el día de la jornada electoral y su víspera se entrega para movilización, compensación y pago a cambio de votos. Así de claro.
Ambos casos son delitos previstos en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, conjuntamente con muchas otras conductas que, condicionados a las agendas electorales, cobran vida temporal y que, dicho sea de paso, pocas, muy pocas veces se castigan.
Uno de los riesgos mayores, ahora que López ha marcado a México como zona franca para el crimen y los criminales ante su pasividad de combatir los delitos de esta naturaleza y, más bien, fomentar el abrazo a sus autores, es que los capitales sucios entren en el circuito electoral, tanto para blanquearse como para favorecer candidaturas y cristalizar ese binomio que en buena parte del mundo se tiene presente y se combate, en tanto que en México se ignora: la vinculación de lo electoral y la corrupción con la delincuencia organizada.
¿Para qué invierten los criminales en candidatos? Para favorecer protección y contratos, connivencia y complacencia, ojos cerrados y manos caídas, abrazos y no balazos.
El artículo 15 de la Ley que define los delitos electorales señala que se impondrá de mil a cinco mil días multa y de cinco a quince años de prisión al que por sí o por interpósita persona realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley; esta pena se aumentará hasta en una mitad más cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña o campaña electoral.
¿Cuándo es ilícito el origen de los recursos económicos? El artículo 400 bis del Código Penal Federal determina que se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia.
Si bien resulta de gravedad cualquier conducta ilícita que tienda a vulnerar el bien jurídico esencial en una democracia, que es la voluntad popular, también lo es que, en un entorno de inseguridad y tolerancia indebida al delito y sus actores, el posicionamiento político de los aliados inversionistas (cómplices) de aquellos candidatos y partidos que dejan la decencia y la legalidad para mejor ocasión y abren gustosos sus bolsillos, son un riesgo sistémico que no debemos ni podemos afrontar. Así se gestan los Estados fallidos.
Serán los fiscales electorales, contra todo y contra todos, los que deberán llevar a cuestas la pesada carga de salvar a la patria, para lo cual requieren del apoyo ciudadano y de los medios de comunicación.
No los abandonemos.
@jchessal