Se cumplieron 170 años de que fuera dictada la primera sentencia de amparo en México; es lo que se dice por acá y algo hay de cierto. Además, la sentencia se emite en San Luis Potosí, y para qué les digo a ustedes, que bien saben lo mucho nos encanta a los potosinos farolear con personajes o sucesos de la historia nacional, esa de bronce que tanto relumbrón genera.
Sin embargo habrá quienes señalen, de manera fundamentada, que la primera sentencia de amparo dictada en el actual territorio nacional fue la de 1842, solicitado por Esteban Balay y otros personajes recluidos en la cárcel de Campeche. Hay, desde luego, primeramente por la negativa en beneficio de los promoventes, y por la situación de desincorporación del pacto federal en que se encontraba aquella región del país, motivos para considerar como primero, el asunto potosino.
El 13 de agosto de 1849 don Pedro Sámano, primer suplente del Juzgado de Distrito, señalaba a favor de don Manuel Verástegui, sobre quien pesaba una orden de destierro decretada por el gobernador Julián de los Reyes: con objeto de proteger las garantías individuales, y siendo como es cierto que el mismo señor gobernador expidió contra D. Manuel Verástegui la orden de destierro que motivó el ocurso que ha dado lugar a la formación de los antecedentes actuaciones, contraviniendo lo dispuesto por el Supremo Gobierno de la Unión a consecuencia de la ley del 24 de abril del corriente año, y cometiendo un verdadero ataque a las garantías individuales que deben respetarse siempre por cualquier autoridad, por estar afianzadas en la Constitución y ser esto conforme al buen orden y comunal provecho de la sociedad; por tales fundamentos y demás que se contienen en el precitado dictamen a que me refiero, se declara que este juzgado dispensa a D. Manuel Verástegui la protección que solicita en conformidad de lo dispuesto en el repetido artículo 25 del Acta de reformas para que no pueda ser desterrado del Estado…
Había desde luego motivos de sobra para el destierro decretado por el gobernador; Verástegui era un agitador y un sedicioso que cuatro años más tarde no tuvo ningún escrúpulo en participar en el Directorio que ordenó la muerte del gobernador. El ocho de enero de 1853, Julián de los Reyes, fue asesinado en la calzada de Guadalupe, a pocos pasos de la caja de agua.
La interpretación de las leyes en materia de protección a quienes argumentan una violación a sus garantías, todavía en la actualidad es incomprensible en ocasiones, máxime cuando se evidencia la afinidad o simpatía de los otorgantes, como ocurrió en el caso Verástegui.
Me explico: Manuel Verástegui promovía un movimiento subversivo encaminado a derrocar al gobernador legítimamente constituido, proponiendo como su sustituto a Pedro Sámano. El mismo que otorgó el amparo. Hoy pensaríamos en un antiético beneficio directo derivado del conflicto de intereses.
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Así vemos que el auto otorgamiento de prebendas personales al abrigo del poder no son cosa nueva, pero sí siguen sonando en nuestros días. Esta semana vimos como dos diputados panistas –una mujer y un hombre, como marca la paridad de género–, fueron evidenciados (según señaló José Guadalupe González, de la organización de transparencia Ciudadanos Observando), por colocar o conseguir chamba a sus hermanos –otra mujer y otro hombre, como marca la paridad de género– en la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
No es escándalo mayúsculo, desde luego, igual ni da para esa categoría y se queda en simple argüende de lavadero, de ésos que les encanta protagonizar en el quintopatio de la vecindad que es el Congreso del Estado.
La diputada Sonia Mendoza tienen toda la razón, no hay nada ilegal; su hermanita desempeña un trabajo honesto de manera honorable; tiene sus capacidades y una especialidad en derechos humanos. El diputado Rubén Guajardo, especialista en materia jurídica –según parece– y cuyo hermanito es el otro aludido, fue más preciso: si hay algo ilegal, que se denuncie.
Nada ilegal hay en el asunto, por supuesto; son personas que además tienen un contrato, no son vulgares aviadores, ¡por Dios!; faltaba que los quisieran comparar con la runfla de desvergonzados que acostumbran a hacer eso dentro del Congreso con anuencia de los morenos. Tampoco se duda que hubieran llegado por sus capacidades en sus respectivas áreas: antropología, uno, y derechos humanos, la otra.
La cosa es, y aquí bien lo reprobable, que los nombres de estas dos personas empleadas por la Comisión, se hubieran mantenido en secrecía por la propia institución contratante. ¿Cómo que por qué? Más aún, ambos entran a laborar al mismo tiempo, hace cuatro meses; vaya precisión.
Seamos realistas: la Comisión Estatal de Derechos Humanos se ha convertido en un espacio destinado a saldar deudas políticas, favoreciendo a los parientes de los acreedores. Absurdo desde luego que el PAN, partido que más se caracteriza por su escaso respeto a los derechos humanos sea el principal beneficiado.
Anoche –durante la redacción de este texto– comentaba con un amigo, avezado jurista, sobre este asunto. Él, analítico y centrado en su profesión, señalaba: Difícil establecer vínculos sostenibles, aunque sepamos que el amarre existió.
Yo, ignorante de la ciencia jurídica, rupestre e idealista respondí: No parto de lo sostenible, sino de la interpretación del supuesto, que es antiético, en lo formal y en lo supuesto.
Así son éstos –todos, no nada más los dos aludidos–, no tienen ética, ni moral, ni llenadera. Deberían de leer –al menos para que se refinen, porque son bastante burdos– Las Benévolas, novela de Jonathan Litell.
Dicen los que saben, y los que no, repiten, que hoy es sábado social, disfrútenlo, pero no se excedan.