Claudia y el desamparo

La semana pasada nos ocupamos en este espacio de la pésima idea que resulta la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum para proponer reformar la Ley de Amparo en materia del interés legítimo, ese que tanto ha ayudado al medio ambiente, a la salud y al desarrollo urbano y que ahora quiere limitar el oficialismo.

Esta no es la única barbaridad en perjuicio de los mexicanos que propone la presidenta en su intención de acotar los medios de defensa en contra del abuso de autoridad. Hoy nos ocuparemos de otra parte de la iniciativa con la que, de facto, se sepulta al amparo como medio de control de las autoridades.

Mucho se ha hablado en medios de comunicación en relación con la limitación a la suspensión del acto reclamado, que también quiere casi eliminar la presidenta; sin embargo, hay otra parte más grave, más seria, de más hondo calado.

La fracción XVI del artículo 107 de la Constitución mexicana señala que si una autoridad incumple una sentencia que conceda un amparo y esto resulta injustificado, el funcionario será separado del cargo y puesto a disposición de un Juez de Distrito para efecto de ser sentenciado directamente, dada la gravedad y prueba preexistencia de la comisión de un delito de desacato al mandato de un tribunal en un asunto de protección de derechos humanos. Y lo mismo le ocurrirá a su superior.

De la misma forma, si s desobedece un auto de suspensión, la fracción XVII del mismo artículo constitucional dice que se procederá penalmente contra el responsable.

Lo anterior constituye una de las garantías de eficacia del cumplimiento de las sentencias de amparo y de las resoluciones de suspensión, dado que los servidores públicos saben que pueden ser separados del cargo y sentenciados.

La iniciativa de la presidenta Sheinbaum pretende construir pretextos para que las autoridades puedan justificar ante los jueces de amparo el incumplimiento de los mandatos judiciales.

De esta manera, permite la propuesta presidencial que no se castigue a las autoridades que desobedezcan a los jueces, señalando que no existirá responsabilidad penal cuando la autoridad responsable o vinculada al cumplimiento acredite que el incumplimiento derivó de una imposibilidad jurídica o material.

Es decir, que el incentivo para el cumplimiento que significaba el temor que inspira a las autoridades el ser privados de su libertad, ahora se desvanece bajo el pretexto de una “imposibilidad material” como es, por ejemplo, que el sistema de salud no entregue medicinas a quien obtenga un amparo para que el Estado cumpla con su obligación de proporcionarlas, con la justificación de no tener dinero para pagarlas.

Queda a criterio de los jueces y magistrados y, en última instancia, de la Corte que se arrodilla entre vapores de copal, el decidir cuando una supuesta limitación material puede justificar la violación a los derechos humanos.

La presidenta aplica el mismo criterio para determinar que ya no serán responsables las personas sino las instituciones del Estado cuando sean multados por las autoridades de amparo, lo cual significa que también los funcionarios incumplidos quedarán liberados del peso de su desatención y lo tendrá que pagar la hacienda pública.

En resumen, que con la iniciativa habrá todo un abanico de justificaciones chambonas y pretextos absurdos para que se retrasen los juicios de amparo y la ejecución de sus sentencias, pues las omisiones no generarán responsabilidad por “imposibilidades materiales” que, en esencia, puede significar cualquier cosa.

Es realmente de extrañar que Claudia Sheinbaum se ensañe tanto con los derechos de los mexicanos y busque la manera de eliminar los medios de protección de las personas frente a los abusos de las autoridades, a las cuales en buena medida encabeza.

Lo que viene para nuestro país es un manto de obscuridad jurídica como nunca lo hemos vivido pues los jueces, último bastión que existía antes de la reforma judicial, hoy tocan el acordeón, y mal.

@jchessal