El Recorte en la CEAV

El 23 de abril de 2020, el ejecutivo federal lanzó el llamado decreto de austeridad, a efecto, de hacerle frente a situaciones económicas extraordinarias derivadas por el Covid 19, ante su reticencia de contraer deuda, básicamente internacional, optó por “abrocharse el cinturón”, apareciendo en el radar los fondos y fideicomisos públicos (figura del derecho civil, por el cual, el Estado persigue un fin determinado, transfiriendo la titularidad de parte de sus bienes a un destinatario en concreto). 

En toda decisión de política pública, existen escenarios explicados en la llamada “Teoría de Juegos”, es decir, algunos ganan y otros pierden ¿Quiénes? Dependerán del diseño de la misma. En consecuencia, se han escuchado voces provenientes de distintos sectores que van desde los artísticos, científicos, etc. 

Uno de ellos, provino de la Comisionada Ejecutiva para la Atención de las Víctimas en México, Mara Gómez Pérez, quien denunció un impacto de hasta el 75% en el presupuesto de la CEAV, provenientes básicamente de los capítulos 2000 Materiales y Suministros, y 3000 servicios generales, con lo que paga el salario de alrededor del 60% de sus empleados, los contratados como eventuales o por “outsourcing”  (bastante contradictorio para un gobierno que busca precisamente erradicar la subcontratación laboral). 

Hay que señalar, que esta nota vino aparejada de otra en la misma semana recaída sobre el ex Ombudsman, Luis Raúl Gonzales Pérez, quien, a juicio de la actual Presidenta de la CNDH, Rosario Ibarra Piedra, gastó hasta el 70% del presupuesto anual del organismo protector de DDHH, en actividades ajenas a la defensa de los derechos humanos (Sinembargo, 2020), tales como, comidas, viáticos, viajes al extranjero ¿Por qué no viajar a Suiza a saludar de mano al Alto Comisionado de NU para los DDHH?

Aunque Arturo Herrera, titular de la SHCP, vía twitter declaró a la queja de la CEAV sin fundamentos, dado que, el decreto federal de austeridad en su artículo V. 38 prohíbe el recorte en la “Defensa de los derechos humanos”. No obstante, sobreviene la pregunta, si el recorte en el personal de una agencia burocrática implica eso, es decir, si los llamados derechos institucionales laborales de la CEAV, son necesariamente los derechos humanos de las víctimas de violaciones en sus DDHH (Carvalho, 2009). Pues obviamente no estamos hablando de lo mismo. 

Cierto es, que México se comprometió ante la comunidad internacional a respetar, garantizar y proteger los derechos de las víctimas y a su reparación integral, suscribiendo, por lo menos 11 tratados internacionales, entre ellos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 63.1; pero ello no quiere decir que, la obligación se satisface creando una agencia gubernamental o contratando burocracia.

Me explico, un país no cumple con el derecho al Debido Proceso, dotando a un acusado de un empleado público como defensor de oficio, para nada, basta con asignar a un abogado gratuito que le asista técnicamente, por ejemplo, la República de Chile garantiza ese estándar internacional pagando a un defensor particular del erario público, con ello, se ahorra las complejidades de una nómina burocrática abultada. 

Lo que estamos viendo los analíticos es un expansionismo del derecho institucional burocrático, que no necesariamente es la progresividad en la satisfacción de los derechos humanos. Así por ejemplo, en la CEEAV S.L.P, advertimos que crece la contratación de empleados públicos en tareas no sustanciales, como los peritos en diversas disciplinas científicas, lo cual, es útil en un juicio penal, pero, es iluso pensar que se pueden contratar, con cargo al erario a profesionistas de las diversas áreas científicas. Y lo que es más, los vemos dictaminando a favor de imputados o acusados y no de las víctimas del delito, la anterior situación, se puede subsanar contratando científicos por cada caso en las Universidades y Colegios. 

Lo que mete ruido es el argumento de la CEAV, basado en un potencial recorte por sus respectivas demandas laborales, implicarían embargos al fondo público reservado para Reparar el Daño a las víctimas (FAARI), suponiendo sin conceder que, la justicia laboral fallara en ese sentido, también, las víctimas del delito podrían hacerlo contra otros bienes del Estado, pues, se aparta del llamado principio “Pacta Sunt Servanda”, que implica, la improcedencia de disposiciones del derecho nacional para desconocer compromisos jurídicos internacionales. 

La supuesta disposición de los fondos del FAARI, (aproximadamente 1000 mdp), también es un argumento endeble, no debemos olvidar que en épocas del Presidente Peña Nieto, se le cuestionaba su falta de ejercicio (El País, 2017), ésta fue una de las razones que llevó a promulgar la actual Ley General de Víctimas. 

Prueba de ello, eran los pronunciamientos gubernamentales aquí en S.L.P, de las anteriores comisionadas de la CEEAV S.L.P a poner “más candados”, antes que las víctimas pudieran acceder al fondo púbico. En este sentido, las víctimas en S.L.P tenían (o tienen) que litigar en tribunales federales para poder ser reparadas, siendo el “Caso Jair” el primer intento integral en hacerlo. Véase al respecto el artículo académico por este columnista publicado (Tema´s, Argentina, 2017), o mi iniciativa ciudadana al Congreso S.L.P (junio, 2016) para fortalecer el fondo de víctimas. 

Tampoco es convincente que, un probable recorte ponga en riesgo la existencia de Delegaciones Federales de la CEAV, previamente debería analizarse si se duplican funciones con los organismos locales, máxime, si el reclamo viene de una institución federal cuyo Delegado en S.L.P estuvo bajo la sospecha de patrocinar a presuntos criminales al mismo tiempo que se desempeñaba como tal (El Heraldo de México, 2018).

 En época de emergencia económica debemos priorizar la defensa de los DDHH, pero también es un sin sentido que se gaste más en el medio institucional que en el fin mismo que son los DDHH. Las y los espero el próximo viernes.