El día de hoy, viernes 17 de mayo, se conmemora el Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia, mismo, que tiene su origen y tiene referencia con la eliminación de la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales por la OMS, el objetivo de esta agenda internacional es la de demoler toda barrera discriminatoria que impida la igualdad de los derechos.
El día de ayer, la Legislatura de San Luis Potosí decidió aprobar el mal llamado “matrimonio igualitario” en el Código Familiar, y, digo mal llamado porque no hay “tipos o especies de matrimonio” sino solo uno, pues, ese debate conceptual es en sí también discriminatorio.
Esta columna periodística desde siempre ha tenido el compromiso de analizar problemas sociales, de la ciudad de SLP, con un enfoque de Derechos Humanos, con lo anterior, quiero decir, que el análisis político (estricto sentido) queda descartado. Con lo anterior, decimos que no tiene sentido evidenciar a quienes votaron en contra o se abstuvieron, basta con decir, que efectivamente fue muy cerrada la votación, 14 vs 12. También, si se escogió estratégicamente la fecha de la votación, un día antes a la conmemoración internacional.
En una democracia cada quien puede creer en las ideas que quiera, en la cosmovisión del mundo que mejor le plazca, lo único que no se puede hacer en una democracia, es tratar de imponer esa voluntad a las minorías, máxime cuando ese imposición conlleva a nulificar el desarrollo pleno de la personas que piensan diferente, pues, eso se llama discriminación, y, la protección antidiscriminatoria (que nulifica el derecho a la igualdad), es protegida internacionalmente, aún, cuando las leyes locales o federales de un país no lo hagan.
También es verdad, que la mayoría del congreso local actuó en congruencia, era una verdadera necedad legal, tratar de desconocer el derecho internacional a no ser discriminado en la institución jurídica del matrimonio, había jurisprudencia internacional (véase la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 9 de enero de 2008), había jurisprudencia nacional (véase la jurisprudencia 1ª./J. 67/2015 -10ª).
A finales de año, se rendirá el informe de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos a cerca de la situación de los derechos de la comunidad lésbico/gay que se viven en México, de entrada, sabemos que saldremos reprobados, pero es muy importante este tipo de esfuerzos como los del Congreso de SLP.
No importa que la entidad se tardó bastante, e, incluso la anterior legislatura se negó a votar el asunto y lo congeló, y, que fuimos el Estado número 18 en el país en prohibir la discriminación, lo que llevó a parejas a tener que contraerlo con un amparo en la mano ante el oficial del registro civil, repito, no importa, lo importante es que se removió esta chocante normatividad discriminatoria.
Aún falta mucho para lograr el sueño anhelado de vivir en una “comunidad de iguales” como diría Owen Fiss, empero ¡Felicidades Congreso local!
Por ello, el concurso de belleza de la Fenapo debe ser también analizado, pues, es obvio que sus requisitos son visiblemente discriminatorios, a la luz del art. 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (tener 19 y 24 años de edad, no tener hijos -ESTE REQUISITO YA SE SUPRIMIÓ EN LA ACTUAL CONVOCATORIA-, ni estar casadas, tener una estatura mínima d e1.65 -en un país donde el promedio para ese rango de edad es de 1.60, según un estudio validado por el INEGI, al no poseerse cifras de la estatura promedio de las mujeres indígenas, pudiera ser excluyente de ellas-, además, de lo anterior, porque la maternidad o el estado civil de las mujeres debieran estorbar para el objeto y fin de este tipo de concursos, no resulta muy razonable ¿Qué no se trata de belleza?” (véase Carlos Hernández, Pulso, 3/5/2019).
Sobre, este punto me parece que la ong Panda Human Right cometió un error en el diseño de su litigio estratégico, pues, optó por accionar el juicio de amparo desde la lógica del interés individual, y no del interés legítimo o colectivo, ya que, los alcances protectores de la justicia se limitaron a la peticionaria, no suspendiendo el evento estereotipador, aún, así nada le impide al patronato de la Fenapo actuar con sensatez.
Las y los espero con el gusto de siempre el próximo viernes.
carloshernandezyabogados@hotmail.com