La Corte Incrédula

“En México la tortura era generalizada y comenzaba desde la detención hasta la puesta a disposición del Ministerio Público, es lamentable informar que desde mi visita, en 2015, las cosas no han cambiado, siguen siendo comunes la asfixia, la violencia sexual, las descargas eléctricas, las amenazas de muerte o las palizas” Juan Méndez (Relator especial de la ONU sobre Tortura y otros Tratos Crueles)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su sesión del pasado martes 13 (a los mexicanos esta fecha nos resulta de mal augurio, por cierto), avaló la constitucionalidad de las inspecciones a personas y vehículos sin orden judicial, porque a su entender, se requiere de controles preventivos y provisionales para una efectiva prevención, persecución e investigación de los delitos, de la misma manera, avalaron la detención en flagrancia por delitos de querella necesaria.

Como era de esperarse, la opinión pública reaccionó con estupor, sorpresa y alarma, no era para menos, la sensación de sentirse desprotegido y a la merced de una policía (que en México causa desconfianza generalizada, por sus altos niveles de corrupción, y, por los demasiados casos demostrados de colusión con el crimen organizado). Así que, al ver el pánico generado no le quedó de otra al máximo Tribunal de este país que, al día siguiente sacar una “tarjeta informativa” para decirle a la población, lo que según ella no quiso decir en su sentencia.

Sin duda que es un tema digno de análisis, la reacción de la Suprema Corte, tener que salir a explicar su decisión al público, pues vamos, es algo no muy usual; es verdad que procesalmente existían figuras como “la aclaración de sentencia” usada por el litigante, cuando de plano no le entendía ni papa a lo que se supone quiso decir un Juez, algo así, como disculpe su señoría sería tan amable de ahora decirlo en español.

Pero verse en la necesidad, el más alto Tribunal del país de tener que explicar con un mecanismo extrajuicio, como un boletín de prensa, además, de los desmarcamientos que Ministros que a título particular empiezan a dar, acerca de que, no es tan certera la afirmación de la Suprema Corte de que la investigación la realicen los policías sin la guía del Ministerio Público, del uso desbocado del concepto control provisional preventivo, la confusión entre el momento de flagrancia y el desarrollo de una investigación, que nada tiene que ver con ésta, y que es justamente lo que se autorizó con la inspección a personas y vehículos.

Bueno, pues esperemos que las tarjetas informativas se las compartan a las policías, pero me temo que el mensaje original, equívoco o no, es el que se va a quedar, vamos, como si nuestras corporaciones de seguridad pública necesitaran permisos expresos para hacer lo que en la realidad sucede, es decir, actuaciones policiacas arbitrarias y al margen de la ley.

Otro miedo adicional, y muy válido en la sociedad, es que perfectamente entiende que estas polémicas facultades le serán traslapadas también al ejército y a la marina, pues no debemos olvidar que la Ley de Seguridad Interior los faculta a hacer funciones de prevención del delito, por cierto, es la próxima ley en ser analizada por el alto Tribunal Constitucional de México, y en verdad, la opinión de expertos y defensores de derechos humanos es bastante escéptica al respecto, algo así, como lo dicho en el refrán popular “si así está el camino imagínate como estará el pueblo”.

Mire usted amiga lectora amigo lector, la verdad es que la Suprema Corte peca de incrédula, hace un análisis de la ley descontextualizado y separado de la realidad, pasa por alto que la mitad de los miembros de las policías municipales no han aprobado los exámenes de control y confianza, así como, los casos de masacres en donde ha estado involucrada una corporación policíaca mexicana, o que decir, de los alarmantes datos de letalidad de las fuerzas del orden, tales como, los del ejército que matan a 9.1 civiles en cada enfrentamiento frente a un herido, la policía federal a 2.6 perdonas y la marina 17.3, según un estudio del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Es ignorar, además, la lamentable realidad de las policías coludidas con el crimen organizado, curiosamente esta misma semana, fue desarmado todo el cuerpo de 734 uniformados en Tlaquepaque Jalisco, y que, según la SEGOB en virtud fue por su debilidad institucional en los 52 casos de homicidios por arma de fuego en lo que va del año (si ese fuera el rasero, hay ciudades en este país donde se asesinan a más de 10 personas por fin de semana).

Los casos, en donde de una simple detención policíaca por sospechosísimo inconcebiblemente termina en una cifra más de un desaparecido/a, son escandalosamente numerosos en México, simpe y sencillamente en lo que va del año ha ocurrido en Veracruz, en Tonalá Jalisco con los tres italianos, ya ni que decir de los 43 de Ayotzinapa –por cierto, Naciones Unidas está en México para informar sobre este asunto, y las primeras declaraciones públicas cuestionan fuertemente al gobierno de nuestro país-. Esta es la realidad fáctica que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ignoró.

O que decir, de la alarmante cifra de personas ultimadas en retenes policíacos implementados en persecución por flagrancia de una presunta comisión delictiva, en San Luis Potosí están los muy conocidos casos de Alondra, una chica que no obedeció la orden de alto de los patrulleros de la unidad 02369, un noche del 30 de mayo de 2016, y que fue rafagueada por los mismos, pero además, está el caso de Enrique otro chico más asesinado por no obedecer las misma orden de detención de otro retén implementado al parecer por flagrancia, precisamente, en ambos casos los policías fueron liberados.

Las y los espero con el gusto de siempre el próximo viernes.

carloshernandezyabogados@hotmail.com