Este espacio suele ocuparse de la crisis climática y la justicia ambiental. Pero los derechos no viven aislados y, cuando una resolución judicial toca el bolsillo ciudadano y exhibe un abuso recaudatorio, el asunto es de interés general. Por eso hoy hablaremos de justicia tributaria e inteligencia artificial.
El 31 de agosto de 2026, el Juzgado Tercero de Distrito en San Luis Potosí concedió el amparo 557/2025 contra la tarifa de 6.6 Unidades de Medida y Actualización impuesta por la renovación o reposición de la tarjeta de circulación. El dato desnuda el problema: el Gobierno cobró $747.00 por un documento cuyo costo de producción fue estimado pericialmente en aproximadamente $75.00. Casi diez veces más.
La tarifa había aumentado de 2.89 a 6.6 UMA, alrededor de 128%, sin que las autoridades aportaran un estudio de costos, una explicación técnica o una prueba que justificara el incremento. El discurso público podía llamarlo actualización, modernización o control vehicular. La Constitución lo llamó por su nombre: una violación al principio de proporcionalidad tributaria.
En materia de derechos por servicios, el Estado no puede cobrar lo que se le ocurra. Debe existir una relación razonable entre la cantidad exigida y el costo del servicio. No tienen que ser idénticos, pero tampoco puede utilizarse un trámite administrativo como disfraz para recaudar arbitrariamente.
El aspecto novedoso aparecía desde la primera página de la demanda. Ahí se informó que el escrito había sido redactado, estructurado e integrado mediante inteligencia artificial, conservando el criterio y la responsabilidad profesional que exige un juicio constitucional. La herramienta no se ocultó: se transparentó.
Sin embargo, sería incorrecto decir que una máquina litigó sola o que ChatGPT ganó un amparo. La IA ayudó a ordenar información, estructurar argumentos y construir una teoría constitucional, pero esa teoría tuvo que ser revisada, firmada, defendida y probada por personas.
La afirmación de que el cobro era desproporcionado no quedó como una ocurrencia digital. Se ofreció una prueba pericial en valuación. El experto analizó materiales, elementos de seguridad, precios de mercado y tarifas de otras entidades. Concluyó que producir la tarjeta costaba aproximadamente $75.00 y que no existían componentes nuevos que explicaran el incremento.
La prueba trasladó la discusión del discurso a los hechos. Frente a ella, el Gobierno podía exhibir sus estudios, desglosar costos administrativos o justificar la tarifa. No lo hizo.
La IA organizó el argumento; el conocimiento jurídico le dio dirección; la prueba pericial le dio sustento, y el tribunal lo sometió a escrutinio constitucional. Ese es el método que merece atención.
Cuando la sentencia quede firme, la tarifa de 6.6 UMA deberá dejar de aplicarse al quejoso, actualmente y en el futuro, mientras la norma no sea reformada. La autoridad deberá recalcular el derecho conforme a la cuota mínima de 2.13 UMA y devolver, actualizada, la diferencia cobrada en exceso.
El amparo tiene efectos individuales. No elimina automáticamente el cobro para toda la ciudadanía ni constituye jurisprudencia obligatoria. Pero deja un antecedente relevante: la recaudación pública también está sometida a la Constitución.
Existe una ironía difícil de ignorar. El mismo poder estatal que ha pretendido regular la inteligencia artificial desde el miedo, la ambigüedad penal y la sospecha, terminó viendo cuestionada su política recaudatoria mediante un litigio asistido precisamente por esa tecnología.
Ya lo habíamos sostenido: la inteligencia artificial no es el enemigo. Es una herramienta. Puede utilizarse para defraudar, manipular o suplantar, pero también para investigar, ampliar capacidades profesionales y defender derechos. El problema no es la herramienta, sino su utilización y la responsabilidad con la que se asumen sus resultados.
La IA tampoco sustituye la experiencia, la ética ni el juicio profesional. Puede inventar datos, confundir precedentes y producir argumentos falsos con apariencia convincente. Por eso requiere supervisión, contraste de fuentes y una persona que responda por lo presentado. Innovar no significa abdicar del criterio.
Este caso no demuestra que los abogados sean prescindibles. Demuestra que la tecnología produce mejores resultados cuando alguien sabe formular las preguntas correctas, detectar errores, diseñar la estrategia y convertir una hipótesis en prueba.
Tampoco se trata de celebrar una victoria personal. Lo importante es el mensaje público: ningún gobierno puede fijar tarifas excesivas y esperar que la ciudadanía las pague en silencio. Cobrar también es ejercer poder, y todo poder debe justificarse, rendir cuentas y respetar la Constitución.
Delírium trémens.- No ganó una máquina. Ganaron la Constitución, la prueba y la inteligencia —artificial y humana— empleadas para obligar al poder a rendir cuentas.
@luisglozano