Libertad Esencial

“La violencia contra periodistas compromete a la libertad de expresión y a la democracia”

CIDH

Esta semana la red social X fue bloqueada del espectro electrónico en Brasil, a partir de una decisión judicial proveniente del Supremo Tribunal Federal del país sudamericano. A decir, de sus jueces la plataforma informativa se ha negado reiteradamente a bloquear sus usuarios que han expresado mensajes de desinformación o de sesgos ideológicos ultras.

También esta semana la otra gran red social Facebook denunció ante un Comité Legislativo de Asuntos Jurídicos, que durante la pandemia fue presionada por el gobierno norteamericano para que retirara contenidos de humor y sátira sobre el Covid -19, a lo que también se negó la compañía.

La libertad de expresión decía, es un valor democrático, parte de aceptar que lo realmente se está ejercitando es un control social sobre las autoridades, es parte inherente del ejercicio de cuentas, además, de ser un fiel auxiliar en el combate a la corrupción e impunidad. 

Hoy en nuestro país se discute la desaparición de los organismos públicos para la protección del derecho al acceso a la información; cabe entonces preguntarse ante tal escenario quien tutelará por su respeto.

Debemos de recordar que México asumió el compromiso internacional de tutelar los derechos humanos, entre los cuales, desde luego está el derecho a la libertad de expresión que subsume también el derecho al acceso a la información pública.

Estos derechos se encuentran constitucionalmente protegidos por los artículos 6 y 7 de la norma suprema, y, además también encuentran reconocimiento en el artículo 19 del Pacto Internacional de Civiles y Políticos, y el 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por lo que, en este escenario deberá regresar el ámbito protector a las comisiones estatales de derechos humanos, y desde luego a la nacional. Sin embargo, debemos de recordar que el mayor desarrollo institucional, y de recursos humanos, ocurrió en organismos especializados, por lo que, será un gran reto sin duda. Lo que, si está claro, es que el estado mexicano no puede alegar esta situación para dejar en la indefensión a estos derechos fundamentales.

Debemos de recordar que, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2013), ha precisado a los distintos niveles de gobierno, la obligación de instruir a las fuerzas de seguridad sobre el respeto a los medios de comunicación.

La obligación de los distintos niveles de gobierno es, el de requerir a los funcionarios públicos, para que se abstengan de realizar declaraciones que expongan a periodistas y trabajadores de medios de comunicación a un mayor riesgo de actos de violencia (CIDH, 2013).

Más bien, el valor debe de permear en las estructuras burocráticas, y entender de la conveniencia en la capacitación de las funcionarias y los funcionarios públicos, así, de que el ejercicio de la función pública los hace objeto del escrutinio social, mismo, que ciertamente en algunas ocasiones puede ser hasta chocante, si así lo desea, pero reitero, es una obligación aparejada al servicio público (CIDH, 2002).

La imagen de las instituciones, e incluso el honor de las y los funcionarios, desde luego, deben ser objeto de protección del derecho, pero de forma acotada, de lo contrario estaríamos abriendo la puerta a los intentos de inhibir el control ciudadano.

De momento se agotan las líneas de mi espacio editorial. Las y los espero el próximo viernes. 

carloshernandezyabogados@hotmail.com