Polígrafo a las candidaturas

¡Que las personas que quieran ser candidatas, les apliquen un antidoping y se sometan al detector de mentiras!. Exclamó alguien. “Gracias a Dios no es tan simple” -escribió Leonardo Cohen-.

No sé si Usted se enteró. Pero recién se hizo pública una peculiar iniciativa de reforma de naturaleza electoral que propone crear una “condición de integridad y confiabilidad para la postulación democrática” como requisito previo para registrar candidaturas a gubernatura, diputaciones y ayuntamientos en San Luis Potosí. Para ello, obligaría a obtener una certificación expedida por el Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado, que aplicaría evaluaciones de control de confianza y solo informaría si la persona obtuvo o no la certificación, sin divulgar el contenido de las pruebas (que según entiendo es una evaluación psicológica, médica, toxicológica, poligráfica y socioeconómica).

En términos prácticos, la reforma propone modificar la Constitución local, la Ley Electoral, la Ley Orgánica del Municipio Libre y la Ley de Control de Confianza para insertar ese filtro en el proceso de registro de candidaturas. La exposición de motivos sostiene que el objetivo es prevenir la captura institucional y reforzar la integridad democrática, bajo la idea de que no se trata de una sanción sino de una verificación preventiva para acreditar idoneidad política de una persona que aspire a acceder a un cargo de elección popular.

No le voy a cobrar la asesoría al promotor de la reforma o a quienes quieran impugnarla si se aprueba en los términos planteados, pero en términos constitucionales, la propuesta enfrenta riesgos serios. Es cierto que el derecho a ser votado admite requisitos legales y que los congresos locales tienen cierto margen para regular condiciones de elegibilidad. Pero ese margen no es una hoja en blanco. Las restricciones a derechos político-electorales deben ser claras, objetivas, verificables y proporcionales. Ahí aparece el primer problema: conceptos como “integridad” y “confiabilidad” suenan bien en un discurso político, pero se vuelven elásticos o ambiguos en el momento de aterrizarlos a una norma electoral. Si no se define con precisión qué hechos concretos impedirían obtener la certificación, el requisito puede transformarse en un filtro discrecional disfrazado de evaluación técnica.

Un segundo problema es de proporcionalidad. Aunque la iniciativa diga que la certificación no es una sanción, en la práctica sí funciona como una barrera de acceso: sin certificado, no hay registro. Es decir, el efecto real es limitar el derecho a competir por un cargo público. Además, se aplicaría de manera generalizada a gubernaturas, diputaciones y ayuntamientos, sin distinguir niveles de riesgo, funciones específicas o responsabilidades particularmente sensibles. No es que me quiera poner estricto, pero le estoy anticipando cómo lo va a revisar la Corte: una medida tan amplia tendría que demostrar con mucha fuerza que es necesaria, idónea y que no existen alternativas menos restrictivas. No basta con invocar la palabra “confianza”, porque en materia electoral las buenas intenciones también deben pasar control constitucional.

Hay, además, un foco delicado: la autoridad que realizaría esas evaluaciones. Los centros de control de confianza fueron diseñados para el ámbito de seguridad pública, no para calificar personas con aspiraciones políticas. Si una instancia administrativa vinculada al Ejecutivo termina teniendo efectos determinantes sobre quién puede o no ser candidato, se abre una tensión con la autonomía de la autoridad electoral. Aunque formalmente el órgano electoral solo “verifique” la existencia del documento, materialmente el filtro se habría desplazado fuera del sistema electoral. Y eso, en democracia, no es un detalle menor.

Desde el punto de vista operativo, la iniciativa también parece subestimar la complejidad de lo que propone. Evaluar masivamente aspirantes a cargos de elección popular requeriría criterios uniformes, recursos, personal especializado, mecanismos de confidencialidad, plazos compatibles con el calendario electoral y vías de impugnación rápidas. Todo ello en una etapa —el registro de candidaturas— que ya de por sí suele ser un campo minado de tiempos apretados, litigios y tensiones partidistas. Pretender agregar una certificación de esta naturaleza sin construir una arquitectura procedimental robusta puede convertir el remedio en cuello de botella. O peor: en fábrica de impugnaciones.

También debe considerarse la dimensión de privacidad. Las pruebas psicológicas, toxicológicas, socioeconómicas o poligráficas son altamente intrusivas. Aunque se pretenda reservar el contenido de las evaluaciones y solo informar si se expidió o no la certificación, el problema no desaparece. En candidaturas políticas, la intervención estatal sobre la vida privada debe estar cuidadosamente justificada.

Políticamente, la iniciativa toca una fibra comprensible: la ciudadanía quiere candidaturas íntegras, autoridades confiables y partidos que no postulen impresentables con entusiasmo. Pero el riesgo está en moralizar el acceso a la representación. En una democracia, las candidaturas deben competir bajo reglas claras y el electorado debe decidir entre opciones políticas. Si el Estado comienza a definir quién es “confiable” mediante evaluaciones previas, se corre el riesgo de trasladar parte de la decisión democrática de las urnas a una ventanilla administrativa.

Esto no significa que la democracia deba ser ingenua. La integridad pública importa. Reconozco que la iniciativa responde a un diagnóstico atendible, pero ofrece una solución jurídicamente vulnerable, operativamente pesada y democráticamente riesgosa. Tal como está, parece menos una regla electoral sólida que un experimento de purificación administrativa de la política. Y la historia enseña que cuando alguien promete purificar la política, conviene revisar primero quién sostiene el detergente.

La Caminera

Hablando de purificar la política. En 2021 el INE documentó irregularidades en la campaña para la gubernatura de Ruben Rocha Moya por 82 millones de pesos, pero la sanción fue de unos 11 millones de pesos al Partido Morena. Si Usted leyó la acusación que presentó Estados Unidos contra Rocha Moya y lo que se señaló como uso de dinero sucio en campaña, quizás pueda estar de acuerdo conmigo de que una reforma que sí es necesaria es la que atiende a esto que ha ocurrido a la vista de todas y todos. Y nadie hace nada, dirían los clásicos. 

x.@marcoivanvargas