La libertad y el libre desarrollo de la personalidad estarán siempre por encima de cualquier prohibicionismo, sea justificado o no lo sea.
Es una tendencia natural universal del ser humano virar siempre a la libertad en cualquiera de sus manifestaciones, decían las abuelas con gran sabiduría: “la cabra siempre tira al monte”, pero en esta verdad se evidencía aún más cuando desde la ley, la moral, la religión o cualquier otro mecanismo de control social, se prohiben conductas bajo argumentos no pocas veces irrisorios o carentes de todo sentido común, ese, que es el menos común de los sentidos.
Recordemos que en los Estados Unidos de Norteamérica, se estableció la denominada Ley Seca vigente desde el 17 de enero de 1920 y hasta el 6 de diciembre de 1933, prohibición establecida por la Enmienda XVII de su Constitución, esto bajo la justificación de que el consumo de alcohol estaba directamente asociado con la pobreza sobre todo en las clases populares, que provocaba además enfermedades como la demencia, y era, per se generador de delincuencia.
La prohibición del alcohol en el vecino país desde luego que no acabó con la pobreza, continuaron las enfermedades mentales, pero lo que sí propició fue más y una muy bien organizada delincuencia, semilleros de los cárteles modernos, los Al Capones de la época supieron hacer de la prohibición un extraordinario y lucrativo negocio. Finalmente, el Constituyente Norteamericano, se dio cuenta de que prohibir no era la solución y realizó la Enmienda XXIque terminó con la aventura prohibicionista.
Cito este caso de la historia del siglo XX a propósito de la nuevo marco legal prohibicionista denominada: Ley General para el Control del Tabaco, un marco normativo que establece que está prohibido en México realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en cualquier medio de comunicación inlcuidas las redes sociales, así como los tradicionales medios como la radio, el cine o la televisión, y a partir de la vigencia de esta Ley tampoco veremos cajetillas exhibidas en mostradores.
Pero la Ley va más allá, pues ahora ya no será posible encender un cigarrillo en espacios al aire libre donde haya presencia de lo que esta norma general nombra: concurrencias colectivas, como pueden ser terrazas, balcones, parques, las playas, estadios, arenas, paraderos de autobús y súmele Usted, prácticamente en ningún lugar será factible fumar sin que se esté violando esta disposición sanitaria de carácter vinculante.
Esta nueva Ley, puede tener un noble propósito, que puede ser el de proteger la salud de más personas no fumadoras de los humos nocivos que despide un cigarro encendido.
Sin embargo, el sólo acto prohibicionista que da mayor rigidez a la normativa nacida en 2009, ha provocado múltiples reacciones, como por ejemplo las ya generadas en la industria tabacalera y la industria restaurantera que preparan la artillería jurídica con sendos amparos en contra de esta normativa, pero a todos, inlcuido al legislador se le olvidó -otra vez-, razonar sobre el libre desarrollo de la personalidad, que permite al individuo adulto, tomar una decisión sobre fumar o no fumar, y que de hacerlo el Estado no debería atropellar esa libertad con normas prohibicionistas, que por cierto, nunca han funcionado pero que sí generan Al Capones, de modo que, si hay una verdadera preocupación por el cuidado de la salud relacionada con el aire que respiramos, habría que realizar otras acciones, más efectivas y menos agresivas para la libertad de las personas, no se les vaya a ocurrir después prohibir la “carnita asada” y esa, vaya que despide humo.
“Por un Derecho a la Salud en armonía con el Libre Desarrollo de la Personalidad”.
Excelente lunes.
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