“Lo que hemos observado
es que sí hay un problema de corrupción, no es generalizado
y lo estamos combatiendo”
Arturo Zaldívar (Presidente SCJN)
Esta semana, comentaba Salvador García en su columna “serpientes y escaleras” que el Ministro Zaldivar había ordenado una “limpia” de jueces, magistrados e incluso ministros involucrados en actos de corrupción, procediendo a la destitución del juez del caso “porkys” (aunque éste impugnó, ante la SCJN, la decisión del Consejo de la Judicatura de retirarle la toga por notoria incapacidad), también, de varios magistrados acusados en Campeche; a decir del columnista, operó la lógica de que el Poder Judicial debe de reformarse a sí mismo, si no quiere lo reformen desde afuera (El Universal 6/5/2019).
Desde luego no es un caso particular de la federación, las judicaturas locales adolecen del mismo problema, es decir, de la corrupción en sus distintas caras, como dice el académico experto en temas de gobierno y administración pública, Villoria Mendieta (2016), existen varios tipos de corrupción, a saber, la ilegal (prohibida por la ley), y, la no prohibida (vacío en la ley), es de esta última a la que quiero referirme, consistente en aquellas prácticas notoriamente reprochables, pero, ante ausencia de prohibición legal terminan por normalizarse.
El Poder Judicial en San Luis Potosí ha desarrollado una costumbre nociva desde sus juzgados familiares, amparado en la figura del/a tutor/a contemplada en el código familiar, se han practicado una serie de entramados que vale la pena ya empezar a ordenarlos y clarificarlos. Dice el artículo 301 de la ley referida que: “El objeto de la tutela es la guarda de la persona y bienes de los que, no estando sujetos a la patria potestad, tienen incapacidad natural y legal, o solamente la segunda para gobernarse por sí mismos. La tutela puede tener también por objeto la representación interina del incapaz, en los casos especiales que señale la ley. En la tutela se cuidará preferentemente de las personas con incapacidad natural o legal”.
Lo que sucede es que en la praxis, generalmente, en los juicios donde hay menores de edad involucrados el/la juez/a familiar suele asignar un tutor “judicial” para salvaguardar los derechos del infante, hasta ahí todo bien, lo que sucede, es que existe un “listado” de tutores autorizados, es decir, los progenitores no podrían proponer a un tutor externo a esa lista, así fuera un psicóloga infantil altamente calificada, pues les dirían que no, que deben de limitarse a los tutores autorizados en el listado.
El problema es que esa actividad económica exclusiva ha degenerado en serios problemas, al grado que muchos tutores/as son al mismo tiempo abogados/as litigantes (no digo que necesariamente haya aquí un conflicto de interés, pues muchos de ellas o ellos se excusan de practicar en los juzgados en donde fungen como tutores judiciales), además, los honorarios de los tutores son fijados libremente, lo que quiere decir que son los padres quienes deben de negociar el costo de la tutela judicial directamente con el/la profesionista.
Me parece que aquí estriba lo preocupante de la costumbre judicial, no sólo porque pone en entredicho el principio de gratuidad en la impartición de justicia, lo ideal sería que cuando los padres sean de escasos recursos, los honorarios de los/as tutores/as sean absorbidos por el Poder Judicial, pero, en los demás casos debe de existir un arancel que sea fijado por el Consejo de la Judicatura.
Además, el Consejo de la Judicatura también debería llevar un control y registro de estos auxiliares judiciales, promoviendo su cambio de adscripción frecuentemente, para evitar conflictos de intereses potenciales. El tema no es menor, porque de no atenderlo a tiempo, incluso, se podrían generar nóminas judiciales paralelas, ya no digamos el moche por la asignación del contrato de tutela.
En lo particular sé que si hay alguien que está fuertemente comprometido con la lucha contra la corrupción judicial, es precisamente, el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia Local, el Magistrado Juan Paulo Almazán, prueba de ello es la desaparición de la otrora Central de Actuarios; por lo mismo, no dudo en absoluto indagará en los juzgados familiares.
Es el caso, que una fuente la cual no puedo revelar, me confió que el tema ha llegado a tal punto, que, en un juzgado familiar, la cónyuge de un funcionario judicial de medio mando, se quedaba con todas las tutelas judiciales asignadas, al grado que el juez se vio obligado a denunciarlo al Consejo de la Judicatura.
Lo anterior, de suyo ya marca una preocupación extrema, pues, la mala práctica estaría siendo desarrollada por mandos medios, y, generalmente cuando ocurre en este nivel de mando, los efectos son aún más exponenciales. Comparto la opinión del Ministro Zaldivar, en este caso aplicado al Poder Judicial de SLP, es evidente que, si hay corrupción, pero, de ninguna manera se puede generalizar a todos/as los funcionarios, empero, lo más importante es actuar rápidamente.
Las y los espero con el gusto de siempre el próximo viernes.
carloshernandezyabogados@hotmail.com