La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de San Luis Potosí aprobó una reforma a su Reglamento Interno con la que se incorporan nuevas modalidades para notificar a víctimas, quejosos, autoridades y servidores públicos que intervienen en los procedimientos de queja.
De acuerdo con la publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE) del 18 de septiembre, el Consejo de la CEDH acordó adicionar un capítulo específico sobre notificaciones, con el propósito de garantizar que las resoluciones, acuerdos y diligencias lleguen de manera oportuna y adecuada a todas las partes involucradas.
El nuevo esquema establece que las notificaciones podrán realizarse de manera personal, mediante correo ordinario o certificado con acuse de recibo, telegrama, fax, llamada telefónica, correo electrónico o cualquier otro medio digital que permita control y registro. También se podrán emitir por oficio y, en su defecto, por estrados, cuando no sea posible notificar por otra vía.
En casos que impliquen riesgo inminente para la integridad de una persona, privación ilegal de la libertad u otra situación grave, la CEDH deberá optar por el medio más eficaz y rápido para garantizar la protección de derechos.
Además, la reforma obliga a que los solicitantes designen un domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones, a fin de dar certeza al procedimiento. Las resoluciones que concluyan etapas de una queja incluidos archivos, propuestas de conciliación o recomendaciones deberán notificarse siempre por escrito, con copia al expediente respectivo.
El reglamento también detalla que, en caso de que la persona no se encuentre en su domicilio, se dejará un citatorio y, de no atenderlo, la notificación podrá realizarse con cualquier persona presente en el lugar. Si el domicilio permanece cerrado, el aviso se fijará en estrados por un plazo de siete días hábiles.