Por transmitir de manera íntegra la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador del 7 de mayo del 2021, donde hizo alusión a la candidatura de Mónica Liliana Rangel Martínez de Morena, Canal Once vulneró el principio de equidad en la contienda electoral en San Luis Potosí.
De la misma forma, cometió la misma ilegalidad al difundir los comentarios de rechazo del mandatario nacional, respecto a la presunta compra de votos por parte de Adrián de la Garza Santos, entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ratificó la sentencia de la Sala Regional Especializada, que fue recurrida por el Sistema Público de Radiodifusión y del Instituto Politécnico Nacional, al considerar que no fue exhaustivo el análisis.
Al valorar el expediente SUP-REP-714/2022, resolvió que la televisora no realizó segmentos o cortes informativos, con lo que se refuerza la idea de que las concesionaria tuvo la intención de transmitir las conferencia denunciada,
Es decir, como si se tratara de áreas creadas ex profeso para difundir las conferencias López Obrador, precisó la resolución presentada por el magistrado Indalfer Infante Gonzales.
El tribunal acreditó el uso indebido de recursos públicos, atribuidos a López Obrador, así como a los titulares de la Coordinación de Comunicación Social y del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales.
Derivado de las conferencias matutinas denunciadas, se vulneró el principio de equidad en la contienda electoral de San Luis Potosí y Nuevo León, concluyó.