Un amparo del Juzgado Tercero de Distrito otorgado al abogado Luis González Lozano dejó insubsistente el cobro de 747 pesos por la renovación o reposición de la tarjeta de circulación, argumentando que el alza es excesiva y carece de fundamento.
Acciones de la autoridad
El amparo 557/2025 presenta la particularidad de que sus partes más relevantes fueron elaborados con Inteligencia Artificial.
El expediente, cuya copia tiene este medio, impugnaba desde mayo del año pasado el cobro de 6.6 unidades de medida y actualización (UMAs), equivalentes a 747 pesos, por la renovación o reposición de la tarjeta de circulación, argumentando que viola el principio constitucional de proporcionalidad tributaria.
El cobro fue oficializado en el decreto 0036, correspondiente a la Ley de Hacienda de este año, específicamente la fracción III del artículo 64.
Detalles confirmados
La sentencia concluyó que producir la tarjeta cuesta aproximadamente 75 pesos, mientras que el cobro impuesto es casi diez veces mayor. Además, el gobierno estatal no acreditó ninguna justificación técnica para el incremento del 128%.
En el amparo se menciona un dictamen pericial en valuación que determinó que no existen elementos técnicos ni de seguridad nuevos que justifiquen el encarecimiento tarifario respecto a ejercicios fiscales anteriores.
En su fallo, el juez argumentó que el cobro implica la violación directa al principio de proporcionalidad tributaria. Y determinó que cobrar 747 pesos por un documento que cuesta producir 75 pesos carece de justificación legal e impone una tarifa excesiva.
Esta decisión tendrá como efectos que el gobierno estatal dejará de aplicar al quejoso esa tarifa, tanto actualmente como en cobros futuros, mientras la norma no sea reformada; deja sin efectos el pago realizado el 29 de abril de 2025 y establece sólo el cobró de una cuota mínima equivalente al costo real del servicio y restituir la diferencia pagada en exceso.
El amparo acota que sólo tiene efectos individuales y no elimina automáticamente el cobro para toda la ciudadanía.
"Es menester señalar que", señala en una parte del amparo presentada en mayo de 2025, "en aras de la innovación jurídica y la eficiencia procesal, el presente escrito ha sido redactado, estructurado e integrado totalmente mediante el empleo de inteligencia artificial, conservando en todo momento el rigor técnico-jurídico y el criterio profesional que exige la seriedad de este procesamiento constitucional".