Tras confirmar la omisión del Ejecutivo estatal en el nombramiento del Procurador Urbano, el Juzgado Tercero de Distrito concedió un amparo a la organización Cambio de ruta.
Dicha instancia judicial falló en favor del promovente del amparo 104/2021, en un fallo fechado el 23 de agosto pasado.
Cambio de Ruta objetó desde el 29 de enero de 2021 que, pese a que el plazo de 30 días que tenía el Ejecutivo para hacer efectivo el nombramiento, este no ocurrió.
El acto reclamado fue “la visible y reiterada omisión que el Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí ha desplegado en el cumplimiento de la presentación de la terna de personas que debe proponer para la designación de un Procurador Urbano”.
Dicho nombramiento, de acuerdo al decreto de creación de la Procuraduría Urbana, debía darse a más tardar el 17 de septiembre de 2020. Sin embargo, no se ha dado el nombramiento.
El juzgado consideró procedente el amparo, pues comprobó la certeza de los hechos denunciados y no observó ninguna causal de sobreseimiento.
Y aunque la Secretaría General de gobierno expresó en sus alegatos la inexistencia del hecho reclamado, el juez desdeñó el argumento y falló en contra del Ejecutivo.
“Los argumentos que el quejoso aduce a guisa de conceptos de violación, son fundados y suficientes para otorgar el amparo y protección de la Justicia de la Unión que se solicita”, señala el fallo.
Entre otros argumentos, las dependencias estatales involucradas adujeron que el nombramiento del procurador urbano no correspondía a sus atribuciones. Sin embargo, el Juzgado indicó que “el decreto correspondiente es claro en el sentido de las obligaciones que impone a cada una de ellas para lograr el cumplimiento de lo en éste consignado”.