Son ajustadas a Derecho las designaciones de Cuauhtlic Fernando Badillo Moreno y Lidia Nallely Vargas Hernández como candidatos a diputados locales de representación proporcional de San LuisPotosí, por parte de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Así lo resolvió el Pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE), basándose en pronunciamientos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al dar por cumplidas las sentencias del 11 de junio y el 6 de julio de 2021, ordenadas a la CNHJ.
El TEE atendió la impugnación con número de expediente TESLP/JDC/98/2021, promovida por Juan José Hernández Estrada, quien en fallos previos resultó favorecido con el planteamiento de catalogar inelegibles a los dos diputados federales plurinominales.
Argumentó que el máximo tribunal electoral expone que, si bien puede haber restricciones al interior de los institutos políticos y garantizar los derechos de su militancia, los criterios de constitucionalidad no aplican al caso porque la norma inaplicada es intrapartidaria, por lo tanto, no es de obligatoriedad general para el Estado Mexicano.
El órgano morenista decidió inaplicar el artículo 13 del Estatuto, cuyo contenido dispone que, si el origen de un legislador es la vía plurinominal, no podrá postularse por la misma vía a ningún otro cargo de manera consecutiva.
"Se estima que los actos desplegados por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena para lograr el cumplimiento de la sentencia dictadas por este tribunal (...) se encuentran ajustadas a Derecho", concluyó al archivar el medio como totalmente concluido.