El Pleno del Congreso del Estado, aprobó hoy expedir la Ley para la Protección al Ejercicio de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de San Luis Potosí.
En sesión virtual, el proyecto sometido a discusión, fue votado por unanimidad con 24 votos.
Una vez publicada en el Periódico Oficial del Estado (POF), la legislación implementará la evaluación de riesgos para determinar el mecanismo a aplicar, ya sea, medidas preventivas, medidas de protección o medidas urgentes de protección.
Además, los lineamientos para la realización de convenios de cooperación con cualquier entidad o institución para los fines de la misma y en beneficio de las personas defensoras de derechos humanos y los periodistas.
Establece que se especifica el procedimiento a seguir y las bases para que los afectados o sus beneficiarios acreditados, tengan acceso a las medidas de protección, en caso de que sean agredidos, ampliándose el catálogo de personas que puedan ser beneficiarias de dichas medidas.
Dispone que el Comité Estatal de Protección las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en el cual se determina que todas las personas integrantes tendrán voz y voto.
Destaca que los mismos no deben de ser funcionarios públicos, pues de lo contrario, atraería un desequilibrio en la toma de decisiones de dicho Comité.
Aunado a ello, se amplían las atribuciones del Comité, el cual tendrá que identificar los patrones de agresiones, elaborar un mapa de riesgos dentro de la entidad, definir y evaluar las medidas preventivas a aplicarse.