Avanza en Congreso cárcel por uso de 'deepfakes'

En la Comisión de Justicia avalaron incluir esa práctica en el Código Penal del Estado

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó un dictamen para penalizar la modificación de la imagen, voz o audios de personas, usando inteligencia artificial o cualquier otro sistema de edición, para convertirlo en material de carácter íntimo, erótico o sexual, sin consentimiento de la víctima.

La iniciativa propuesta por la diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón, junto con las bancadas del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y del Trabajo (PT), propone reformar el artículo 187 del Código Penal del Estado para añadir esta conducta, señalando que se sancione con la misma pena que el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas.

Esto toma en cuenta los "deepfakes", los videos modificados por medio de inteligencia artificial para imitar la apariencia de una persona.

Si el contenido creado se difunde a través de medios de comunicación o plataformas digitales, la autoridad correspondiente ordenará a la empresa de prestación de redes o al medio retirar inmediatamente el contenido.

El dictamen deberá ser aún analizado y votado por el Pleno del Congreso del Estado.

¿Qué dice el Artículo 187?

"ARTÍCULO 187. Comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien, transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión. Este delito se sancionará con una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización.

"Cuando la trasmisión, publicación o divulgación a que se refiere el párrafo anterior, se haga a través de medios de comunicación o plataformas digitales, la autoridad competente ordenará a la empresa de prestación de redes sociales o medio de comunicación, a retirar inmediatamente el contenido..."