Cámara protege a Gallardo

San Lázaro ignora orden del TEPJF de sancionar al legislador del Verde por faltas de 2020

La Contraloría Interna de la Cámara de Diputados se niega a imponer una sanción al legislador por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y hoy gobernador electo de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Cardona, por hacer promoción personalizada en el pasado proceso electoral, por lo que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) amagó con imponer medidas de apremio a la autoridad omisa, a la que ordenó de nueva cuenta a sancionar al legislador.

La advertencia se registró dentro del proceso especial sancionador abierto en el expediente SRE-PSC-20/2020, promovido por la Junta Local del Instituto Nacional Electoral en San Luis Potosí contra el diputado, que data de noviembre de 2020.

El TEPJF sancionó entonces a tres medios de comunicación potosinos por difundir promoción personalizada indebida en favor del entonces aspirante a la gubernatura, que además, incurrió en contratación irregular de tiempos de radio. El Tribunal consideró las infracciones como “graves ordinarias”.

También ordenó a la Cámara de Diputados castigar al diputado, por lo que instruyó a la Contraloría Interna legislativa para concretar la sanción.

En lugar de imponer la sanción pedida, la Dirección de Quejas, Denuncias e Inconformidades de la Contraloría Interna de Diputados, “indebidamente archivó el expediente iniciado” para sancionar a Gallardo Cardona y lo dio por concluido.

La Contraloría argumentó que no se encontraron elementos suficientes que permitan determinar la comisión de irregularidades administrativas, además de que no existe legislación que obligue a ese organismo a sancionar anomalías de naturaleza electoral.

En abril de este año, el TEPJF consideró que la sentencia fue incumplida, pues desestimó los argumentos de San Lázaro.

Reconocerlos, señaló, “implicaría afirmar que el sistema sancionador electoral en nuestro país privilegia la impunidad de las personas en el servicio público que hubieran cometido una infracción a los principios constitucionales y normatividad que rige el desarrollo de las contiendas electorales”

En su resolución, el Tribunal anuló la decisión de la Contraloría Interna legislativa de archivar y de dar por concluido el expediente. 

Y le reitera que debe cumplir, en un lapso de 15 días, con la imposición de sanciones, entre ellas, inscribir a Gallardo Cardona en la lista de servidores públicos sancionados de la Plataforma Nacional de Transparencia.