En la actualidad, se mantienen en proceso de judicialización dos causas penales por difusión ilícita de imágenes, informó Lourdes Anahí Zarazúa Martínez, magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE).
Refirió que los casos corresponden a dos víctimas mujeres, cuyas investigaciones están siendo indagadas por el Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado (FGE).
Dijo que, de acuerdo con las pruebas presentadas por el Ministerio Público y la identificación de la intencionalidad, se determina la penalidad que podría ameritar las personas imputadas.
La magistrada presidenta expuso que, en este tipo de expedientes, las y los juzgadores deben dirimir las causas con perspectiva de género y valorar el daño sufrido y los derechos humanos vulnerados de las víctimas.
El delito de difusión ilícita de imágenes íntimas lo comete quien transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión.
Dicha conducta se sancionará con una pena de tres a seis años de prisión y multa de 300 a 600 días del valor de la unidad de medida de actualización (UMA), es decir, de 35 mil 193 a 70 mil 386 pesos.