De acuerdo con la reforma el Reglamento de Comercio del Ayuntamiento de San Luis Potosí, se podrán emitir clausuras definitivas en caso del ingreso de menores de edad a establecimientos que tengan prohibido su acceso, así como proporcionar información falsa, la probable comisión de delitos, la reincidencia en causas de sanciones y el impedimento de labores de inspección y vigilancia.
Esto de acuerdo con el dictamen que Reforma, Adiciones y Derogaciones de diversas disposiciones del Reglamento para el Ejercicio de las Actividades Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios del Municipio, publicado en el Periódico Oficial del Estado y la Gaceta Municipal.
Dentro de los principales puntos a destacar en la reforma se encuentra el establecer un plazo máximos de atención de 3 a 8 días hábiles según la gravedad a las denuncias ciudadanas.
En caso de omisión, la Contraloría Interna intervendrá e iniciará procedimientos de responsabilidad administrativa. Además, se exige la colaboración con la Fiscalía cuando haya posibles delitos y se ordena la separación inmediata del personal involucrado para garantizar investigaciones imparciales.
Las licencias de funcionamiento solo podrán ser expedidas por la Dirección de Comercio, que también podrá negarlas o cancelarlas si no se cumplen las condiciones de seguridad y protección civil. Se contempla la obligatoriedad de pólizas de seguro para actividades de alto impacto o establecimientos como bares y cantinas. Se establecen causas claras para clausura definitiva, como permitir el ingreso de menores, falsificar información, reincidencia o impedir inspecciones.
Se fortalecen los mecanismos de control y vigilancia con la participación de la Contraloría Interna y la Comisión de Comercio en auditorías y procedimientos. También se implementa una aplicación tecnológica que permitirá consultar licencias vigentes, planos, rutas de evacuación, y presentar denuncias ciudadanas. La anuencia vecinal requerida aumentó al 66 por ciento en un radio de 100 metros, y los dictámenes para emitir licencias deben resolverse en un plazo máximo de 60 días hábiles.
Se impuso la obligación de exhibir visiblemente capacidad del lugar y restricciones de acceso en restaurantes, bares y discotecas, así como mostrar planes de contingencia. Se prevé la caducidad de trámites por inacción del solicitante y el cierre inmediato si, vencida una licencia provisional, no se gestiona la definitiva. Mientras que todas las licencias deberán publicarse en una plataforma digital bajo principios de transparencia y máxima publicidad.