A lo largo del ejercicio fiscal 2019 y en lo que va del 2020, la Auditoría Superior del Estado (ASE) ha iniciado 72 procedimientos administrativos de ejecución derivados de remisiones de multas por parte de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) a sujetos obligados que incurrieron en faltas a la Ley en la materia.
Derivado de esos procedimientos administrativos, la ASE ha logrado poco más de 300 mil pesos de ingresos por el cobro de las multas.
Se aclaró que con fecha 18 de junio de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Estado (POE) la reforma a la Ley de Transparencia, en la que se considera también la figura del Procurador Fiscal, como autoridad facultada para ejecutar las multas que imponga la CEGAIP.
Contra la imposición de la multa, la Ley de Transparencia prevé en su artículo 196 que los sujetos obligados pueden acogerse a la procedencia de un juicio de nulidad ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.
Sin embargo, la ASE no proporcionó información respecto a si, a la fecha, alguno de los 72 procedimientos administrativos mencionados ha derivado en alguna petición de juicio de nulidad.
El artículo 190 de la Ley de Transparencia considera como una de las medidas de apremio de la CEGAIP en el caso de incumplimiento de una resolución, la relativa a una multa. Conforme a lo dispuesto en el numeral 195, dicha multa tendrá el carácter de crédito fiscal y se hará efectiva por la Auditoría Superior del Estado (ASE).