Generar items y perfiles para la práctica de instrumentos de evaluación de control y confianza a los aspirantes a cargos de elección popular sería una tarea no imposible, pero sí muy compleja, e involucraría una muy profunda reforma legal tanto a la normatividad electoral como a los ordenamientos en materia penal y de apego a principios tales como el de presunción de inocencia, advirtió el abogado especialista en materia de seguridad pública, Francisco Javier Salazar Soni.
Dijo que se requeriría de una definición profunda tanto de perfiles de servidores públicos como de los propios reactivos para aplicar los exámenes de control y confianza a los políticos.
Comentó que el antecedente legal para hablar de los exámenes de control de confianza exige la definición de perfiles de gobernador del estado, diputados locales, diputados federales, senadores, alcaldes, síndicos y regidores, y ese inicio sería un proceso demasiado complejo para ser aterrizado.
Aclaró que los exámenes de control de confianza como tales, actualmente dan pauta para el trámite de juicio d e amparo, es decir se concluye en una subjetividad. “Lo importante es que no son agencias de ministerio público, y no generan certificados de no delincuencia, y por ello, todavía es perfectible ese sistema de evaluación”.
También son necesarios ajustes legales para adaptarse al principio de presunción de inocencia consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con ello quedaría resuelto un problema de legalidad, y de derecho penal.