El Congreso del Estado y la Contraloría General del Estado, en el ámbito de sus atribuciones determinarán lo que corresponda, por el actuar y responsabilidad del gobernador José Ricardo Gallardo Cardona y José Gerardo Zapata Rosales, coordinador General de Comunicación Social, respectivamente, en incurrir en promoción personalizada, vulnerar el principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos durante el proceso de revocación del mandato presidencial.
Los efectos de la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que validaron la resolución de la Sala Regional Especializada, precisó que le dio vista al Poder Legislativo, a fin de que actúe acorde con sus atribuciones hacia el mandatario estatal.
Para el caso de Zapata Rosales, la Contraloría General del Estado será la instancia que determine la sanción correspondiente.
Reveló que Gallardo Cardona mediante oficio INE/SLP/JLE/VS/263/2022, presentó alegatos para la audiencia del 18 de mayo, en el que sostuvo que Zapata Rosales ordenó de voluntad propia la publicación del desplegado denunciado en apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador.
Esto, con el único objetivo de allanarse a las demás gubernaturas que forman parte de la “cuarta transformación” y que él, en ningún momento instruyó ni autorizó que lo hiciera en su perfil personal en la red social.
“Respecto de los coordinadores o directores de las áreas de comunicación de Nayarit, Sonora y San Luis Potosí (...) se acredita el uso indebido de recursos públicos al destinarse elementos materiales, financieros y recursos humanos en la difusión de la propaganda gubernamental en periodo prohibido que quedó acreditada”, precisó el fallo.