Por incumplimiento de puntos esenciales de la Alerta de Violencia de Género (AVG), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 2017, en el Juzgado Octavo de Distrito, Laura Coria Martínez, dictó sentencia condenatoria para autoridades locales de los 58 ayuntamientos, el Gobierno del Estado, el Legislativo y el Poder Judicial, para hacer cumplir inconsistencias y omisiones, bajo la advertencia de que autoridad que no cumpla, se somete a la destitución del cargo.
En el juicio de amparo 1126/2019-IV, la sentencia que obliga a establecer las políticas públicas para dar cumplimiento a las acciones de protección de la integridad de las mujeres, se concentra en dos aspectos principales de incumplimiento.
El alcance de la sentencia otorgada afectaría por igual, a servidores públicos operadores de los sistemas y las instituciones públicas, sin importar si se trata de servidores públicos actuales o venideros.
El presidente de la Fundación Renace, el abogado José Mario de la Garza Marroquín, presentó los términos de incumplimiento y citó de ellos, una falta por cumplir el establecimiento de un protocolo para tramitar y aplicar órdenes de protección para mujeres en situación de violencia en el estado.
Otra de ellas es la falta del seguimiento a las medidas cautelares, que se relacionan con la generación de mecanismos efectivos de implementación y seguimiento de las órdenes de protección, establecidas en la Declaratoria de AVG.
La sentencia sienta un precedente jurídico en el Poder Judicial en el país, porque reconoce el incumplimiento de la Declaratoria de AVG.