La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ratificó la multa de 1.3 millones de pesos al Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Revolucionario Institucional (PRI), impuesta por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
Tal multa se aplicó tras la detección de anomalías en la donación del 60 por ciento de la propiedad del inmueble que actualmente ocupa el Comité Directivo Municipal priista en Ciudad Valles, hecha por el Patronato Pro-construcción de la Unidad Vállense Asociación Civil.
En sesión presencial al desahogar la impugnación en contra de la la resolución INE/CG104/2023, radicada en el expediente SM-JE-20/2023, resolvió que debe confirmarse la decisión del organismo electoral al considerar que son ineficaces los planteamientos relacionados con la falta de exhaustividad y indebida valoración probatoria.
Precisó que el PRI no señala cuáles fueron las pruebas que dejó de analizar el INE o en qué consistió su indebida valoración, así como también el agravio relacionado con la inexistencia de la falta cometida, porque el partido únicamente se limita a señalar que no estaba obligado a presentar la documentación en el Sistema Integral de Fiscalización (SIF) por encontrarse en trámite, sin desvirtuar los razonamientos.
Adujo que la sanción impuesta en conforme a derecho, pues se motivó y fundó de forma debida, además que su individualización fue adecuada.
Si bien el fallo desfavoreció al PRI, todavía puede recurrir para tratar de revertirlo en la última instancia jurisdiccional, es decir, la Sala Superior.