Congreso acatará fallo de la SCJN sobre Ley de Asistencia Social

Aun cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió invalidar el decreto por el cual se emitió la Ley de Asistencia Social del Estado de San Luis Potosí, todavía deberán pasar 180 días hábiles posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación para que la decisión surta efecto.

Así lo precisó el presidente de la Directiva del Congreso del Estado, diputado Martín Juárez Córdova, quien dijo que este Poder está en la mejor disposición de acatar los lineamientos de la Suprema Corte respecto a la inconstitucionalidad de la citada Ley local.

“De hecho, no habremos de esperar a que se agoten los plazos para allegarnos de elementos de lo que se conozca de la sentencia para introducirlos a la consulta que está en proceso, ya que este es argumento principal del fallo, la ‘falta de consulta’ y el uso incorrecto del lenguaje en la norma impugnada”, dijo.

La decisión de la SCJN se dio “en virtud de las acciones de inconstitucionalidad 80/2017 y su acumulada 81/2017, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí (CEDH) que demandaban la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, publicada en el Periódico Oficial del Estado del pasado 20 de junio de 2017, mediante Decreto 661”, ahondó el diputado.

Expuso que “la sentencia de la Suprema Corte gira en torno a la violación del artículo 4.3 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad ante la falta de una consulta previa a reformas legislativas que les afecten”.

“Nada sobre nosotros sin nosotros” es el lema acuñado por el movimiento a favor de los derechos de las personas con discapacidad. Es una expresión que comunica la idea de que ninguna decisión que influya sobre ellos debe hacerse sin su participación, manifestó el legislador.

“Además la SCJN puntualiza que los artículos impugnados de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, (decreto número 661) en el Periódico Oficial del Estado  (20 de junio de 2017) utilizan un lenguaje “discriminatorio”, que se aparta de lo dispuesto por la Norma Fundamental y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, dado que se refiere a las personas con discapacidad como personas con “desventaja física y mental”, estereotipando y vulnerando la dignidad humana”, concluyó el diputado Juárez Córdova.