El Congreso del Estado analiza una iniciativa para tipificar el delito de halconeo en el Código Penal de San Luis Potosí, con penas que van de cinco a doce años de prisión y multas de 500 a mil 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
La presidenta de la Comisión Primera de Justicia, diputada María Leticia Vázquez Hernández, explicó que la propuesta contempla agravantes cuando estas prácticas pongan en riesgo directo a elementos de Seguridad Pública o involucren a niñas, niños o adolescentes. En esos casos, las penas podrían aumentar hasta en una mitad.
De acuerdo con la iniciativa, el halconeo se define como el uso de cualquier medio o dispositivo —como cámaras, drones o teléfonos celulares— para vigilar, monitorear o reportar los movimientos de las fuerzas de seguridad, con el objetivo de facilitar la comisión de delitos o interferir en labores de prevención e investigación.
Vázquez Hernández señaló que en las cuatro regiones del estado se ha detectado el uso de esta tecnología para seguir a corporaciones policiales, lo que representa un riesgo tanto para los agentes como para la ciudadanía. La vigilancia puede ser física o virtual.
La propuesta también especifica que no se considerarán actos delictivos aquellas actividades legítimas relacionadas con la libertad de prensa, la defensa de derechos humanos, la vigilancia ciudadana o la investigación académica, siempre que no tengan fines ilícitos. Además, el delito se configuraría incluso si los dispositivos se colocan en bienes propios, de terceros o en espacios públicos.
Por último, la reforma incluye sanciones para servidores públicos que utilicen o posean equipos no autorizados para obtener o compartir información sensible relacionada con cuerpos de seguridad.