Con todos los actores políticos expresando su rechazo a cualquier aumento a las cuotas y tarifas del agua potable para el 2024 en la zona metropolitana, incluyendo al alcalde Enrique Francisco Galindo Ceballos, surge la pregunta respecto a ¿de dónde surgió entonces la propuesta de incremento de 20 por ciento presentada en la Junta de Gobierno del Interapas?
La alcaldesa de Soledad de Graciano Sánchez, María Leonor Noyola Cervantes, hizo referencia a esa propuesta de incremento la cual rechazó, además de que se abstuvo de respaldar un ajuste al presupuesto financiero del organismo operador.
Para responder a la pregunta, hay que ir al artículo Tercero Transitorio del Decreto 594 publicado en el Periódico Oficial del Estado el 14 de septiembre de 2006, que ordena a los prestadores de servicios, en este caso, Interapas, “calcular de manera anual las cuotas y tarifas que deberán regir para el ejercicio inmediato posterior, remitiéndolas al Honorable Congreso del Estado, a través del Ayuntamiento respectivo, para su aprobación final y en los plazos que establece la Ley”.
La Junta de Gobierno de Interapas, de cualquier forma y esté de acuerdo o no con un aumento, está obligado a presentar una propuesta de cuotas y tarifas que a su vez se deriva de la aplicación de las fórmulas contenidas en los artículos 11 (tarifa media de equilibrio) y 14 (fórmula de actualización) del mismo Decreto 594.
Cada año, esas fórmulas dan origen a un incremento en las cuotas y tarifas del agua de alrededor del 20 por ciento, pero este aumento siempre es rechazado en el Congreso local y en todo caso se autoriza un alza que ni siquiera iguala el impacto de la inflación.