El Juzgado Especializado en Órdenes de Protección de Emergencia y Preventivas en Favor de las Mujeres, resolvió emitir declaración especial de ausencia de persona de José Alberto Liñán Pérez, desaparecido desde el 8 de noviembre de 2016 en el barrio de Santiago.
Así lo precisa el contenido recaído y resuelto en el expediente con número de registro 476/2022, tramitada por Claudia Dolores Liñán Aguilar, hija de Liñán Pérez.
El 8 de noviembre de 2016, alrededor de las 10:30 horas, José Alberto de 69 años le comentó a su esposa María Teresa Balderas Flores que saldría de la casa para arreglar algunos asuntos, pero no dio mayor explicación.
Posteriormente, a las 15:00 horas ella trató de comunicarse con él vía telefónica pero no lo logró. Ante dicha situación, insistió con las llamadas, sin embargo, no tuvo respuesta alguna.
Por ello, comenzó a comunicarse con los familiares de José Alberto, pero de igual forma, nadie supo de su paradero.
Para sostener la petición, su hija presentó copia certificada de la carpeta de investigación CDI/PGJE/SLP/ZC/13115/16, de la Unidad para la Búsqueda de Personas Desaparecidas o Extraviadas y la Alerta Amber, iniciada el 9 de noviembre del 2016, interpuesta por Balderas Flores.
En el fallo, el Juzgado Especializado decidió conceder la declaratoria que, entre otros efectos, procede a la suspensión temporal de obligaciones o responsabilidades que hubiera tenido a su cargo al momento de su desaparición, incluyendo aquellas derivadas de la adquisición de bienes a crédito y cuyos plazos de amortización se encuentren vigentes, así como los bienes sujetos a hipoteca.
En lo que va de 2024, el Supremo Tribunal del Poder Judicial (STJE), a través de sus juzgados ha dictado tres resoluciones, correspondiente a los expedientes 1545/2023, 232/2020 y 476/2022.